EN LA DECIMA PRIMERA SESION ORDINARIA (04-09-14). EL H. CUERPO TOMO CONOCIMIENTO DE LA RESPUESTA DEL D.E..AXM-SECRETARIA.-
Expediente HCD. Nº 5.398-B-14.-
VISTO
La Ordenanza N° 3.993/12 que establece la colocación de reductores de velocidad (lomos de burro) en el Boulevard Pedro Amirín (40) entre las calles España y Colón; y entre las calles Colón y Alem, fundamentado por un lado en las altas velocidades que allí desarrollan los vehículos de todo tipo, y además por la gran afluencia de personas y transeúntes, como resultado de las distintas actividades deportivas y recreativas llevadas a cabo en el Balneario Municipal; y
CONSIDERANDO
Que esto obstaculiza la salida de los vehículos, ambulancias, autobombas del cuerpo de Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad como vía rápida de egreso o ingreso del casco urbano, e incluso el deterioro de esos vehículos, principalmente en sus suspensiones;
Que por tal motivo se sanciona la Ordenanza N° 4.095/14 en la cual se dispone la instalación de semáforos en la intersección de Boulevard Amirín (40) y calle Colón (5), lo cual al cumplimentase dejaría sin efecto la necesidad de los lomos de burro allí instalados;
Que esto conjugaría la necesidad de seguridad de los transeúntes y la operatividad que requieren los Bomberos Voluntarios;
Que el Presupuesto Municipal del año en curso contempla la erogación que significaría la instalación de los semáforos antes citados, y que no se justifica el retraso de esta medida que redundaría en beneficios para toda la comunidad;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que dé cumplimiento con la Ordenanza Nº 4.095/14 y en consecuencia implemente a la mayor brevedad posible la instalación de semáforos en Boulevard Amirín (40) y Colón (5), y la erradicación de los dos reductores de velocidad, conocidos como lomos de burro, ubicados en Boulevard Amirín (40) entre calles España (4) y Colón (5) y en Boulevard Amirín (40) entre calles Colón (5) y Alem (6), con el objeto de dotar de seguridad vial al sector y de permitir una vía de acceso rápida a Bomberos Voluntarios y Ambulancias.-
ARTICULO 2°: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.974.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2014.