Expediente HCD. Nº 5.417-B-14.-
VISTO
Que el derecho a la vivienda está consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y
CONSIDERANDO
Que el Programa Crédito Argentino (PRO.CRE.AR.) es una herramienta puesta en marcha por el Gobierno Nacional para ayudar a cientos de miles de familias argentinas a acceder a l casa propia;
Que desde la puesta en marcha hace relativamente pocos años más de 120.000 familias han accedido a los beneficios del PRO.CRE.AR.;
Que el PRO.CRE.AR. además impulsa la actividad económica y promueve muchas fuentes de trabajo en las localidades que se benefician con la construcción de viviendas;
Que el PRO.CRE.AR. posee una línea de crédito denominada “compra de terreno y construcción de vivienda”;
Que en la ciudad de Coronel Pringles y la localidad de Indio Rico existen muchos terrenos fiscales propiedad del municipio;
Que hay muchos grupos familiares en condiciones de acceder a la línea de crédito “compra de terreno y construcción de vivienda” pero al no poseer algo tan esencial como el terreno ven impedido el acceso a algo tan importante y digno como la CASA PROPIA;
Que seguramente estos ciudadanos están dispuestos a comprar terrenos a precios razonables pero la gran demanda actual ha hecho que el valor de los mismos se haya disparado;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través del área que corresponda, ponga rápidamente a disposición para la venta 50 (cincuenta) terrenos, destinados exclusivamente a los beneficiados del PRO.CRE.AR..-
ARTICULO 2º: Que el Departamento Ejecutivo prevea a través de las cláusulas específicas el recupero del terreno que no sea utilizado por el adquirente a los fines previstos en la compra.-
ARTICULO 3º: Que el valor del terreno no exceda los montos previstos en el PRO.CRE.AR.-
ARTICULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.977.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2014.