EN LA TERCERA SESION EXTRAORDINARIA (31/03/15), SE DIO TRATAMIENTO A LA RESPUESTA EMITIDA POR EL D.E..AXU-SECRETARIA.-
VISTO
Las Ordenanzas 4.111/14 y 4.147/14 respectivamente; y
CONSIDERANDO
Que las Ordenanzas Nº 4.111/14 y Nº 4.147/14 son convenios celebrados con la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, dependiente del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires;
Que la Ordenanza 4.111/14 autoriza la suscripción del Convenio de Estudio y Anteproyecto denominado “Canal de Guarda del Oeste de Cnel. Pringles”, cuyo fin es prevenir eventuales inundaciones ante precipitaciones abundantes y desbordes del Arroyo Pillahuincó Chico;
Que la Ordenanza Nº 4.147/14 autoriza la suscripción del Convenio de Relevamiento Planialtimétrico en el Distrito de Coronel Pringles;
Que a la fecha se desconoce el grado de avance y cumplimiento de ambos convenios;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar una reunión, dentro de los 10 días de la aprobación de la presente, con el Ing. Daniel Mas, Jefe de la ZONA VI de la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, a fin de tomar conocimiento del estado de avance y ejecución de los Convenios autorizados por Ordenanzas Nº 4.111/14 y Nº 4147/14.-
ARTICULO 2º: Solicitar al D.E informe a través del área que corresponda, en el término de 10 días hábiles, el estado de avance y ejecución de los Convenios autorizados por Ordenanzas Nº 4.111/14 y Nº 4.147/14.
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.006.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2014.-