Expediente HCD. Nº 5.600-B-15.-
VISTO
Que la Ordenanza N° 3969/12, referida a la “Celiaquía”, regula las acciones que protegen e igualan la vida de las personas que padecen esta patología;
Que miles de argentinos reciben año tras año el diagnóstico de que son Celíacos;
Que dichos diagnosticados comienzan su nueva vida, en donde la alimentación y la higiene pasan a ocupar un lugar central;
Que no existe una forma de curarse la celiaquía sino que el único tratamiento posible es llevar una dieta libre de gluten de por vida;
Que los pacientes celíacos tienen el mismo derecho que cualquier otro habitante a acceder a los mismos lugares;
Que una sociedad igualitaria debe asegurar a los pacientes celíacos la misma calidad de vida que el resto de los habitantes;
CONSIDERANDO
Que en Coronel Pringles existe gran cantidad de celíacos que van desde niños muy pequeños hasta personas de edades avanzadas;
Que las personas celíacas sufren muchas exclusiones a la hora de disfrutar algún almuerzo y/o cena en los lugares habilitados para comer;
Que este Honorable Cuerpo ya ha legislado y debatido sobre el tema de esta enfermedad en reiteradas oportunidades;
Que la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires en agosto de 2011 sancionó con fuerza de Ley, la modificación del Artículo 2 de la Ley 14.129 de enfermedad Celíaca de la Provincia de Buenos Aires, donde la misma se trata de la obligatoriedad para que los restaurantes y locales gastronómicos que operan en la provincia de Buenos Aires ofrezcan a sus comensales al menos un menú en su cartilla que resulte apto para celíacos;
Por ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo promocione y garantice en restaurantes, bares y confiterías la incorporación habitual en sus menúes de alimentos libres de harinas de trigo, avena, cebada y centeno (sin TACC, tal cual indica el símbolo que ya registran gran cantidad de productos).-
ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo arbitre los medios para asegurar la inclusión de
al menos un menú apto para las personas Celíacas en todos los locales gastronómicos de Coronel Pringles y de Indio Rico.-
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.048.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO DE 2015.-