Expediente HCD. Nº 5.415-B-15.-
VISTO
Que en los últimos años se han incrementado los índices de accidentes viales en nuestro distrito;
Que los conductores aún no toman conciencia alguna de las velocidades máximas permitidas en las arterias de nuestra ciudad;
Que los controles de velocidad, como así los de documentación de vehículos en nuestra ciudad no se llevan a cabo;
Que la única solución que se ha encontrado para la disminución de la velocidad de los vehículos son los “reductores de velocidad”; y
CONSIDERANDO
Que cuidar la salud e integridad de los vecinos es tarea fundamental de quienes ocupan cargos de responsabilidad pública;
Que los niños constituyen el futuro de nuestra ciudad y por eso debemos velar por su seguridad;
Que es derecho de cada niño el acceso a la educación, el respeto y el cuidado por parte de los adultos;
Que la seguridad vial en nuestra ciudad, es una problemática que resta resolver;
Que el municipio ha implementado en la Calle Frondizi entre San Martín y Pellegrini un Gimnasio a Cielo Abierto, que está permanentemente lleno de niños y familias, haciendo deporte y disfrutando del espacio verde;
Que por esa arteria circulan además muchos alumnos de la escuela Agrotécnica;
Que además, esa calle es una Avenida, y circulan Camiones ya que se encuentran plantas de silos y de agroquímicos (tema que también debemos resolver);
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, la incorporación en forma urgente de reductores de velocidad, en Av. Frondizi y Pellegrini, y en Av. Frondizi y San Martin, a fin de garantizar la integridad de los niños y los adultos que utilizan el gimnasio a cielo abierto.
ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo la colocación de carteles que informen la velocidad máxima permitida y que indiquen que en esa zona hay “niños jugando” en las inmediaciones del Gimnasio abierto, a fin de que los conductores estén alertados de la peligrosidad que conlleva circular a gran velocidad.
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.067.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-