Expediente HCD. Nº 6.385-I-18
VISTO
Las diversas solicitudes recibidas por integrantes de este Bloque de Concejales respecto a la ausencia de atención al público de IOMA y PAMI en Indio Rico; y
CONSIDERANDO
Que tanto IOMA como PAMI, prestadores de la atención de la salud, no tienen oficina en Indio Rico, debiendo sus afiliados trasladarse a Coronel Pringles para realizar cualquier trámite referente a la cobertura de salud que estos organismos prestan;
Que son muchos los afiliados que estas dos Obras Sociales tienen en Indio Rico;
Que la necesidad de trasladarse a Coronel Pringles implica no solo los gastos económicos del traslado, sino también un considerable tiempo, debiendo dejar los afiliados sus actividades habituales para tener la atención necesaria;
Que esto sitúa a estos vecinos en una situación de desigualdad con respecto a los que viven en Coronel Pringles, que acceden fácilmente a la atención de estos dos organismos;
Que sería importante, por los motivos expuestos, que estos organismos atiendan, al menos periódicamente, en la localidad de Indio Rico;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar a la Presidencia del IOMA, Pablo Di Liscia, contemple la posibilidad de atención al público periódica en la localidad de Indio Rico.
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.297
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 03 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2018.-