Press "Enter" to skip to content

RESOLUCIÓN Nº 3.297

Expediente HCD. Nº 6.385-I-18

VISTO

Las diversas solicitudes recibidas por integrantes de este Bloque de Concejales respecto a la ausencia de atención al público de IOMA y PAMI en Indio Rico; y

CONSIDERANDO

Que tanto IOMA como PAMI, prestadores de la atención de la salud, no tienen oficina en Indio Rico, debiendo sus afiliados trasladarse a Coronel Pringles para realizar cualquier trámite referente a la cobertura de salud que estos organismos prestan;

Que son muchos los afiliados que estas dos Obras Sociales tienen en Indio Rico;

Que la necesidad de trasladarse a Coronel Pringles implica no solo los gastos económicos del traslado, sino también un considerable tiempo, debiendo dejar los afiliados sus actividades habituales para tener la atención necesaria;

Que esto sitúa a estos vecinos en una situación de desigualdad con respecto a los que viven en Coronel Pringles, que acceden fácilmente a la atención de estos dos organismos;

Que sería importante, por los motivos expuestos, que estos organismos atiendan, al menos periódicamente, en la localidad de Indio Rico;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar a la Presidencia del IOMA, Pablo Di Liscia, contemple la posibilidad de atención al público periódica en la localidad de Indio Rico.

ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.297

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 03 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2018.-

 

Print Friendly, PDF & Email