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RESOLUCION Nº 3.345

Expediente HCD. Nº 6.617-I-19.-

VISTO

El Expediente 0866-D-2018 PROYECTO DE LEY de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación; y

CONSIDERANDO

Que la FIBROSIS QUISTICA es una enfermedad potencialmente mortal congénita crónica e incurable;

Que en el país se estima que cada 3.800 nacidos vivos, una persona nace con FIBROSIS QUISTICA;

Que pese a su gravedad aún no existe en Argentina una LEYNACIONAL que brinde posibilidades de una mejor calidad de vida para quienes la padecen;

Que los pacientes con FIBROSIS QUISTICA tendrán mayor accesibilidad a una cobertura médica, algo que es fundamental, pero también a cuestiones de educación, dado que niños que padecen dicha enfermedad, no pueden asistir a escuelas por distintas cuestiones de salud porque tienen que usar oxígeno o porque no pueden permanecer en lugares donde haya mucha gente;

Que el proyecto de Ley tiene por finalidad establecer el régimen legal de protección para las personas con FQ enfermedad genética y hereditaria;

Que el proyecto pretende incorporar como prestaciones obligatorias para el diagnóstico y uso exclusivo en el tratamiento de la enfermedad Fibroquística (Mucoviscidosis) la cobertura integral en un 100% de los medicamentos específicos, suplementos dietarios y nutricionales, kinesiología y terapias de rehabilitación, que hacen al tratamiento de base. Quedan incluídos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) estos procedimientos, así como los de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo, con los criterios y modalidades de cobertura que establezca la autoridad de aplicación;

Que el uso prescripto y continuo de las técnicas de fisioterapia respiratoria, la ingesta de antibióticos de amplio espectro y micronutrientes), un adecuado manejo nutricional (enzimas pancreáticas y micronutrientes), son componentes esenciales del tratamiento pero imposibles de cumplir para la gran mayoría de las personas que viven con FIBROSIS QUISTICA en Argentina, asociado principalmente al alto costo económico que conlleva, FACILITAR la accesibilidad al tratamiento para todos los que viven con FIBROSIS QUISTICA, es el objetivo de este proyecto de ley;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCION

ARTICULO 1º: Adherir y solicitar una pronta aprobación del PROYECTO DE LEY, Expediente 0866-D-2018 sobre Declaración de Interés Nacional la lucha contra la enfermedad de Fibrosis Quística de Páncreas o Mucoviscidosis.-

ARTICULO 2º: Remitir copia de la presente al Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.-

ARTICULO 3º: Enviar copia y solicitar adhesión a los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.345.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE 2019.-

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