Expediente HCD. Nº 6.679-S-19
VISTO
El Expediente HCD. Nº 6679-S-19, relativo al pedido del CENTRO DE ESTUDIANTES PRINGLENSES –ASOCIACION CIVIL;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Recomiéndese al Departamento Ejecutivo otorgar un subsidio al CENTRO DE ESTUDIANTES PRINGLENSES –ASOCIACION CIVIL-, destinado al pago del alquiler de la casa de La Plata.
ARTICULO 2º: Recomiéndese al Departamento Ejecutivo que mediante firma de convenio o el medio que las partes encuentren pertinente, se garanticen las siguientes condiciones mínimas, para el ingreso y permanencia dentro de la vivienda:
- Presentación de informe socio ambiental que presente la Secretaria de Acción Social por medio del cual se pueda evaluar la situación socio-económica de los postulantes.
- En caso de paridad se tendrá en cuenta los antecedentes académicos en el nivel secundario o de año posterior al ingreso.
- Será prioridad en la admisión los alumnos cuya carrera elegida sólo se dicta en la ciudad de La Plata y no en la zona. Así mismo si las carreras se dictan en Coronel Pringles no podrán acceder al beneficio.
- Cada alumno deberá entregar al finalizar cada cuatrimestre y al finalizar y comenzar el ciclo lectivo a este Concejo (Comisión de E.C.y D) el actuado por medio del analítico, teniendo que tener el 70 % de las materias aprobadas o bien el 80 % de la cursada condición necesaria para la continuidad del alumno en la casa.
- Serán de aplicación, en cuanto sean compatibles, las condiciones y requisitos exigidos por la Ordenanza Municipal Nº 3.795 y modificatorias o la que en el futuro la reemplace.
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.369
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2019.-