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RESOLUCION Nº 3.386

Expediente HCD. Nº 6.773-I-20

PROGRAMA AVÍCOLA FAMILIAR (PAF)

VISTO

La importancia de impulsar la autoproducción de alimentos, principalmente en los sectores sociales con mayor vulnerabilidad, y la necesidad de encontrar nuevas alternativas en la asistencia del Estado en pos de asegurar una alimentación adecuada en familias conformadas por niños o adultos mayores; y

CONSIDERANDO

Que la pobreza estructural en la Argentina genera que un amplio sector de nuestra sociedad encuentre dificultades para el acceso a alimentos suficientes, seguros y nutritivos para cubrir sus necesidades nutricionales;

Que el Estado en su conjunto debe hacer uso eficiente de sus recursos para la intervención en territorio, por lo se debe priorizar el trabajo en red a través de la articulación con organizaciones sociales;

Que la autoproducción de alimentos en huertas familiares y cría de aves de corral son actividades con arraigo en nuestra ciudad;

Que la carne de pollo y los huevos son alimentos de alto valor nutritivo que son utilizados de manera corriente como alternativa alimentaria;

Que a pesar de la pequeña escala de las unidades productivas que encontramos es necesario incorporar tecnología, genética y manejo para asegurar una producción estable durante todo el año;

Que en nuestra ciudad contamos con escuelas técnicas que pueden brindar asesoramiento en diferentes aspectos productivos;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCION

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, la puesta en marcha del Programa Avícola Familiar (PAF), el cual se llevará adelante mediante el trabajo articulado con instituciones y organizaciones sociales, educativas y técnicas de Coronel Pringles.

ARTICULO 2º: Se adjunta detalle del PAF como Anexo a la presente.

ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.386

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 18 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2020.-

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