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RESOLUCION Nº 3.400

Expediente HCD. N° 6.829-I-2020

VISTO

El Proyecto de Ley de la HCDN, Exp. 3871-D-2020, cuyo objeto es “MODIFIQUESE EL ART. 75 DE LA LEY NACIONAL N° 25.565.- INCORPORESE Y AMPLIESE EL FONDO FIDUCIARIO PARA SUBSIDIOS DE CONSUMOS RESIDENCIALES DE GAS Y EN GARRAFAS PARA LAS LOCALIDADES QUE COMPRENDEN EL FRENTE MARITIMO Y SUBZONAS DEL SUR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LAS PROVINCIAS DE MENDOZA, SAN JUAN Y SALTA”; y

CONSIDERANDO

Que en el Art. 75 de la Ley Nacional Nº 25.565 se crea el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, mediante el cual se dan compensaciones tarifarias para la Región Patagónica y para el Departamento Malargüe de la Provincia de Mendoza.

Que en Art. 1º del Proyecto de Ley de referencia se solicita la modificación de la Ley Nº 25.565 para la incorporación de nuevos distritos al listado de beneficiados con cuadros tarifarios con compensaciones, entre los cuales se encuentra Coronel Pringles;

Que el Art. 2° menciona que este beneficio implicará una disminución al consumidor del 30% del valor del metro cúbico de consumo del cuadro tarifario correspondiente y, para algunos sectores específicos, la tarifa diferencial implicará una disminución del 50% del valor;

Que en reiteradas oportunidades desde este HCD se ha solicitado a ENARGAS tenga un justo tratamiento tarifario hacia nuestros usuarios, como en la Resolución Nº 2.536 y la Resolución Nº 2.960, donde se solicitaba se revean situaciones de cobros excesivos;

Que desde el Departamento Ejecutivo local también se realizaron gestiones ante ENARGAS tendientes a lograr la recategorización de nuestro Distrito como “Zona Fría”, lo que representaría igualar nuestras tarifas de gas a las que se cobran en las provincias patagónicas;

Que en septiembre de 2016 el Asesor Legal del Municipio se presentó en la Audiencia Pública de ENARGAS con el objeto de solicitar la recategorización y en la misma argumentó con datos estadísticos el por qué Coronel Pringles debe considerarse como “Zona Fría”;

Que según la aplicación de la norma IRAM 11.603 de “Acondicionamiento térmico de edificios” en nuestra zona el índice de grados de calefacción es de 1908 mientras que en Neuquén es 1683, siendo que ésta última, al igual que toda la Patagonia, tiene una tarifa mucho más económica que la que pagan nuestros usuarios;

Que también Coronel Pringles cuenta con una distribución de heladas en el año muy superior a otras localidades con cuadros tarifarios más benévolos;

Que según los informes técnicos la región comprendida en nuestro partido debe ser comparada con ciudades de la Patagonia desde el punto de vista meteorológico y climático, por lo que es evidente la discriminación que sufre Coronel Pringles al no contar con los beneficios de una tarifa acorde;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación que de curso favorable al Proyecto de Ley que modifica el Artículo 75º de la Ley Nacional Nº 25.565, incorporando a Coronel Pringles al listado de Distritos alcanzados por las compensaciones de tarifas de gas.

ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL N° 3.400

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 1° DE OCTUBRE DE 2020.-

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