Expediente HCD. Nº 6.844-I-2020
VISTO
La manifiesta necesidad de los vecinos de Indio Rico de contar con una sede de la prestadora de servicios del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) a fin de recibir asesoramiento y realizar diferentes gestiones tales como reintegros, provisión de equipamientos, trámites por discapacidad, derivaciones, solicitudes de medicamentos, entre otros; y
CONSIDERANDO
Que la localidad de Indio Rico se encuentra ubicada a 70 kilómetros de la ciudad cabecera del distrito;
Que gran parte de los indiorricenses son usuarios de las prestaciones de servicio que brinda el Instituto de IOMA;
Que muchos de sus habitantes no poseen medios y recursos económicos para trasladarse hasta la ciudad de Coronel Pringles;
Que la atención al público se realiza en el turno de mañana coincidiendo con los horarios laborales de la mayor parte de los trabajadores;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°: Solicitar a la presidencia de la prestadora de servicios del Instituto de Obra Médico Asistencial que disponga una sede para prestaciones, permanente o con frecuencias fijas, de servicios en la localidad de Indio Rico.
ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla y registrarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.403
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, A LOS 15 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2020.-