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RESOLUCION Nº 3.440

Expediente HCD. Nº 6.999-I-2021

VISTO

Las experiencias modernas de gestión de embalses con usos múltiples, en dónde el abastecimiento de agua para consumo humano coexiste con el desarrollo de otras actividades tales como la generación de energía eléctrica o turismo, las que se impulsan siguiendo pautas de respeto del medio ambiente, que son planificadas y ejecutadas mediante el trabajo conjunto con organismos de ciencia y tecnología; y

CONSIDERANDO

Que en el Decreto Ley 7499/69 de la Provincia de Buenos Aires se declara la necesidad de la “construcción de una Presa de Embalse en Paso de Las Piedras con la finalidad de lograr el abastecimiento de agua potable de la Ciudad de Bahía Blanca y obras de parquización, recreación y turismo con el objeto de promoción y embellecimiento de la zona afectada por las obras descriptas”.

Que desde su nacimiento, el Dique Paso de las Piedras fue pensado no sólo para el abastecimiento de agua sino también para actividades turísticas, esto último dado por tratarse de un espejo de agua de gran dimensión enclavado en el cordón serrano, lo que lo hace único en la Provincia de Buenos Aires.

Que posteriormente, a través del Decreto 1318/82, se declara Parque Provincial a toda el área que compone el Complejo Dique y Acueducto Paso de las Piedras, denominándolo “Parque Provincial Dique y Acueducto Paso de las Piedras”. El mismo decreto deja bajo la exclusiva responsabilidad y competencia del Ministerio de Obras Públicas atender a todo lo referido con su ejecución, uso, mantenimiento y administración y se lo faculta a requerir la colaboración de cualquier Ente u Organis­mo de la Administración Provincial.

Que la Ley 12.257 pone a cargo de la Autoridad del Agua, la planificación, el registro, la construcción y la protección de los derechos sobre el agua, asumiendo la potestad de reglamentar las actividades a desarrollarse en el Dique Paso de las Piedras.

Que en uso de estas facultades, la Autoridad del Agua ha restringido la actividad turística a la mínima expresión, permitiendo sólo la pesca desde la orilla en sectores establecidos.

Que tanto en la Argentina como en otros países, encontramos numerosos ejemplos de represas dónde el uso del agua para consumo humano convive con otras actividades como turismo o la generación de energía.

Que el multiuso sustentable fue la visión que tuvieron quienes pensaron en este embalse como solución al tema de suministro de agua potable para las urbes y como desarrollo económico de los Distritos de la región a partir de su explotación turística.

Que transformar al Dique Paso de la Piedras en un lugar turístico, ecológicamente sustentable y que no afecte la calidad del agua para consumo trasciende la capacidad técnica de la Autoridad del Agua y necesita obligadamente la opinión técnica de otros organismos.

Que entre los puntos del convenio marco suscripto en octubre de 2020 entre la Autoridad del Agua y el Organismo Regulador de Seguridad de Presas (ORSEP), encontramos “trabajar conjuntamente en el estudio y aplicación de criterios, técnicas y procedimientos tendientes a fortalecer y perfeccionar las prácticas de seguridad de presas y el desarrollo sustentable de los recursos hídricos de la Provincia de Buenos Aires”.

Que de igual manera pueden realizar aportes sustanciales desde OPDS, Subsecretaría de Turismo, Universidad Publicas. También sería de utilidad la experiencia de otros organismos que estén trabajando actualmente con turismo sustentable en general o turismo en represas que proveen agua para consumo en distintos lugares de la Argentina.

Que la explotación turística sustentable no solo podrá ser disfrutada por los distritos cercanos, también sería una opción complementaria de atracción turística para esos distritos con los beneficios económicos que para ellos traería.

Que estamos convencidos que la explotación sustentable y ordenada también facilitará el control sobre el área garantizando la calidad del agua para potabilizar.

Que en Coronel Pringles no somos ajenos a la difícil situación económica que está atravesando el país y como Estado debemos analizar todas las potencialidades de uso sustentable y sostenible de los recursos con los cuales contamos, promocionando la generación de inversión y empleo.

Que esta iniciativa es presentada conjuntamente con el Proyecto de Resolución que solicita a la Legislatura la creación por Ley de una Reserva Natural Protegida cogestionada entre los municipios afectados el la Autoridad del Agua.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Directorio de la Autoridad del Agua que mediante el trabajo conjunto con la Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires, el Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible, Universidades Publicas, Organismo Regulador de Seguridad de Presas u otros organismos estatales (nacionales o de otras provincias) que consideren pertinentes, procedan a redactar y ejecutar un Plan de Turismo Sustentable en el Dique Paso de la Piedras ubicado en el deslinde de los partidos de Coronel Pringles y Tornquist.

ARTÍCULO 2°: Firmar dos ejemplares de la presente, registrarla, comunicarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.440

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 21 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2021.-

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