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RESOLUCIÓN Nº 3.612

Expediente HCD. Nº 7.594-B-2023

VISTO

Que la salud mental es un derecho de las personas y forma parte de la salud integral; y

CONSIDERANDO

Que la OMS define la salud mental como un estado de bienestar en el cual cada individuo desarrolla su potencial, puede afrontar las tensiones de la vida, puede trabajar en forma productiva y fructífera, y puede aportar a su comunidad,

Que la Ley Nº 26.657 reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, culturales, socioeconómicos, biológicos y psicológicos;

Que el bullying es un comportamiento prolongado de abuso y maltrato que ejercen los alumnos sobre otro u otros en las escuelas, con el propósito de intimidar o controlar mediante contacto físico o manipulación psicológica;

Que a través de la educación, la sensibilización y la intervención temprana, se puede reducir la incidencia de bullying y los riesgos asociados al suicidio;

Que en Coronel Pringles se afronta esta problemática desde el Servicio de Salud Mental del Hospital Municipal, el cual cuenta con un importante cuerpo de profesionales en cuanto a cantidad y calidad;

Que cada vez es mayor el número de personas que requieren este Servicio y es necesario mejorar las instalaciones para una mejor atención;

Que para facilitar la intervención temprana es necesario mejorar la articulación entre el sistema de salud y el sistema educativo;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que inicie un plan de mejoras de las instalaciones donde funciona el Servicio de Salud Mental del Hospital Municipal.

ARTÍCULO 2º: Solicitar al Inspector Jefe Distrital de Coronel Pringles, Prof. Raúl Sicardi, que articule con el Servicio de Salud Mental la realización de actividades dentro del ámbito escolar cuyos objetivos sean la sensibilización e intervención temprana para reducir la problemática de bullying y suicidio, y promover un ambiente escolar seguro.

ARTÍCULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.612

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 16 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2023.-

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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