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RESOLUCIÓN Nº 2.635

Expediente HCD. Nº 4.421-B-10.-

VISTO

La Resolución Nº 2.475/08 de este Honorable Concejo Deliberante elevando al Departamento Ejecutivo en el mes de agosto del año 2008 la petición de 296 vecinos de la Avenida Frondizi y zona aledaña solicitando la equiparación de la citada avenida desde Avenida 25 de Mayo y calle 68 en similares condiciones que la misma posee hacia el Boulevard 40;

Que los vecinos de ese sector de la ciudad vienen reclamando desde 1984 ante este Cuerpo y las Autoridades locales mejoras para dicha arteria por diferentes canales y fundamentalmente a través de la Comisión de Fomento del Barrio Hipólito Irigoyen;

Que miembros de dicha Comisión se contactaron con el propiciante de la presente Resolución a los efectos de articular alguna manera de obtener respuesta de las actuales Autoridades comunales;

Que ante dicho acercamiento el propiciante de la presente les planteara la conveniencia de solicitar al Municipio un proyecto de Desarrollo de Infraestructura Urbana para dicho sector planificando las acciones y con plazos concretos y extendidos dada la envergadura de los requerimientos que se plantean y los recursos económicos que deben afectarse para tal fin; y

CONSIDERANDO

Que es conocida por todos la importancia de dicha arteria como entrada y salida alternativa a nuestra ciudad y la peligrosidad que representa una calzada de doble mano, angosta, flanqueada por grandes árboles, de circulación rápida y en mal estado de conservación;

Que se trata efectivamente de un acceso importante a la ciudad;

Que es el único camino asfaltado al cementerio local;

Que sobre dicha arteria se encuentran una importante Escuela, una Sala de Primeros Auxilios muy activa, un conjunto habitacional de relevancia numérica y el Parque Vial Municipal, los que le imprimen un tránsito fluido y permanente;

Que también contribuyen al tránsito vehicular liviano y de transporte un asentamiento industrial y una planta de acopio de cereales y otros depósitos;

Que toda la zona aledaña constituye un importante barrio de la ciudad, con identidad definida y bastante numeroso, utilizando la avenida en cuestión como vínculo con la zona céntrica;

Que se hace necesario comenzar a realizar acciones tendientes a solucionar y responder a los requerimientos de la comunidad;

Que dichas acciones deben proyectarse y planificarse para contribuir a un desarrollo urbano armonioso, y que las adecuaciones necesarias deben contar con el financiamiento posible en un plazo extendido y razonable de tiempo para ofrecer a los vecinos un destino cierto y previsible y no quedar nuevamente en

el plano de las promesas o de las buenas intenciones;

///2.-

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal elabore un Proyecto de Desarrollo de Infraestructura a tres años para la adecuación de la Avenida Arturo Frondizi desde Avenida 25 de Mayo hasta calle 68.-

ARTICULO 2º: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que en el Proyecto mencionado en el Artículo 1º sean considerados los siguientes aspectos:

  1. Arbolado, parquización, señalización e iluminación del sector.-
  2. Extensión de todos los servicios al sector.
  3. Realización de cordón cuneta.
  4. Puesta en vigencia y bajo control de todas las normativas municipales referentes a zonificación, urbanización, cercos y veredas, etc..
  5. Pavimentación correspondiente de la avenida.

ARTICULO 3º: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal la realización del requerido proyecto en el término de 60 días y se implementen las acciones propuestas en el Artículo 2º, incisos a) y d) a partir del Ejercicio Fiscal 2010, las del Inciso b) a partir del Ejercicio Fiscal 2011 y las del inciso c) y e) a partir del Ejercicio Fiscal 2012, realizando las reservas presupuestarias pertinentes y estableciendo claramente los períodos de ejecución de las obras.-

ARTICULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.635.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2010.-

 

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