Expediente HCD. Nº 5.881-B-16.-
VISTO
El estado de abandono de la totalidad de las calles de tierra de la Planta Urbana de nuestra ciudad y que con el estado de humedad con que cuentan actualmente las mismas, se torna indispensable dar comienzo de los trabajos en esta época;
CONSIDERANDO
- Que de acuerdo al Título II, Arts. N° 53 y 60 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se pueden ejecutar con las Cooperativas, en contratación directa con las mismas;
- Que en el Cálculo de Recursos para el corriente año, el Municipio recibe una suma fija para la reparación de caminos provinciales;
- Que con autorización del Honorable Concejo Deliberante se puede cambiar el destino de dichos fondos para la reparación de las calles Urbanas de nuestra Ciudad;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo (D.E.) contrate en forma directa con la Cooperativa de Provisión y Servicios Públicos de Coronel Pringles las maquinarias viales y toda herramienta que considere necesario, por un período de 30 a 60 días, con el objeto de RESTABLECER LA TRANSITABILIDAD de las calles de tierra de la Planta Urbana.
ARTICULO 2º: Solicitar al D.E. que una vez que se hallan terminado los trabajos, con personal Municipal o Contratado se efectúe la limpieza de todos los cordones cunetas que puedan quedar cubiertos por tierra por los trabajos de reparación de la superficie rodante.
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.147
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 18 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2016.-