Expediente HCD. Nº 6.544-D-18.-
VISTO
El Proyecto “Jugar en Red”, creación de ludotecas barriales con alcance territorial; y
CONSIDERANDO
Que dicho Proyecto articula equipos de Cultura y Desarrollo Social del Municipio de Coronel Pringles, y apunta a crear y desarrollar dos espacios lúdicos que funcionen como polos o nodos especializados en cultura lúdica infantil desde donde dinamizar e irradiar propuestas y actividades recreativas, de formación, de promoción del juego en formatos variados, que apunten a garantizar el derecho al juego e instalen en la agenda pública del abordaje de la infancia la importancia del juego como actividad privilegiada para su bienestar físico, emocional y psíquico;
Que estos dos nodos ya existen: uno de ellos es un CIC Centro de Integración Comunitaria), que atiende a una población infantil numerosa de uno de los barrios con más necesidades socio – educativas de la ciudad, y el otro será instalado en un edificio que integra el complejo edilicio de la Casa de los Chicos, y que intenta enlazar a la misma, simbólicamente aislada, a la comunidad a partir de organizar un espacio de funcionamiento abierto – cerrado;
Que el juego enlazado a la experiencia colectiva, al arte y a la creatividad son motores de transformación personal y social: el juego comunitario, compartido, el desafío de explorar los propios límites y capacidades expresivas dan a los chicos la oportunidad de relectura del mundo en que viven;
Que a fin de cumplir los objetivos propuestos, se suscribe un Convenio de Cooperación con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia para desarrollar en el Partido de Coronel Pringles el Proyecto “Jugar en Red” a lo largo de tres meses de ejecución, comprometiéndose dicha Secretaría a transferir la suma de $138.158,00 en carácter de subsidio no reintegrable para cubrir los gastos correspondientes a la ejecución del citado Proyecto;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorízase la suscripción del CONVENIO DE COOPERACION, que como Anexo I forma parte integrante de la presente, a celebrar entre la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑÉZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representado el acto por el Secretario Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia Lic. Gabriel Enrique CASTELLI y el Señor Intendente Municipal Sr. Carlos Aníbal Berterret respectivamente, mediante el cual la Secretaría en cuestión se compromete a transferir al Municipio la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO ($138.158,00) en carácter de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas, para cubrir los gastos correspondientes a la ejecución del Proyecto “Jugar en Red” a lo largo de tres meses de ejecución.-
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.529.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 3 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2018.-