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COMUNICACIÓN Nº 457

POR DECRETO Nº 1.194/16 Y ART.65º DEL RGTO. INTERNO DEL HCD.-PASA AL ARCHIVO-.

RESPONDIDA POR D.E. EL 02/06/11.TRATADA EN LA QUINTA SES.ORD.(02-06-11).A ASUNTOS LEGALES.

Expediente HCD. Nº 4.612-B-11.-

VISTO

Que no consta en este Honorable Concejo Deliberante documentación alguna correspondiente a la Estructura Orgánica y Funcional del Municipio;

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades expresa en su Art. 181º lo siguiente: “Las notas y resoluciones que dicte el Intendente serán refrendadas por el Secretario o Secretarios del Departamento Ejecutivo;

En los casos de dos o más secretarías, sus titulares tendrán a su cargo el despacho de los asuntos que técnicamente sean de su incumbencia, conforme lo determinen las ordenanzas especiales que deslindarán las funciones y competencias de cada secretaría.”

Que si bien la Ordenanza Presupuestaria vigente de alguna manera refleja la estructura orgánica y funcional desde lo contable, no existen evidencias de las facultades delegadas por el Intendente Municipal en cada área y en qué funcionarios recae la responsabilidad;

Que los funcionarios podrían estar tomando decisiones que implican el manejo de los recursos de todos los vecinos y este Cuerpo, organismo de control por naturaleza, ignora dicha situación;

Que se ha presentado una situación relevante, tal es la no publicación por varios meses del Boletín Municipal que dejó un vacío jurídico poniendo en riesgo al Municipio, y será dificultoso o imposible determinar en quien recae la responsabilidad ante la falta cometida, y que podría replicarse en otras áreas; y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades es muy clara al respecto y debe ser cumplida;

Que es necesario que este Cuerpo conozca las potestades delegadas por el Intendente Municipal y asumidas por los Secretarios con el objeto de poder determinar el área de desempeño y responsabilidad de los funcionarios;

Que conociendo las potestades delegadas en cada funcionario y su área puede evaluarse su desempeño, facilitando la tarea de legislar sobre diferentes aspectos de la actividad pública municipal;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1º) Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal eleve a este Concejo Deliberante, a la brevedad, un detalle de la Estructura Orgánica y Funcional del Municipio.-

2º) Solicítase también y en igual lapso, eleve los Proyectos de Ordenanzas Especiales de delegación de potestades del Intendente hacia sus Secretarios para ser tratadas por el Cuerpo Deliberativo, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 181º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 457.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2011.-

 

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