RESPONDIDA POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO. INGRESO RESPUESTA EN SESIÓN DE FECHA 3/10/13-PERMANECE EN SECRETARIA.
Expediente HCD. Nº 5.163-B-13.-
VISTO
La Ley 13298 “De la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños”, y la inminente disolución de la Asociación Civil del Hogar del Niño, con el consecuente cierre del Hogar; y
CONSIDERANDO
Que dicha Ley establece los principios para la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños;
Que su aprobación y posterior reglamentación a través del Decreto 300/05, generó como único hecho positivo destacable una legislación acorde (al menos desde lo conceptual) con la Convención sobre los Derechos del Niño, pero en la práctica significó un enorme retroceso para el trabajo profesional e institucional en el abordaje y resolución de la problemática en cuestión;
Que la tergiversación acerca de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, ha terminado justificando en muchos casos la idea de que hay que priorizar la familia sin distinguir la gravedad y las situaciones de extrema vulnerabilidad que atraviesan los niños, niñas y adolescentes que conviven en su seno;
Que nuestra ciudad no escapa al retroceso generado por la implementación de la Ley, siendo el hecho más reciente y notorio, el inminente cierre de una institución con 105 años de trayectoria en nuestra ciudad, sin dejar de mencionar los casos de niños re-vinculados con sus familias, causantes éstas de la situación de intervención de los servicios locales de prevención;
Que la manifestación contraria a los resultados logrados por la implementación de la mencionada Ley, no significa en absoluto una postura pro-institucionalización de niños/as que tengan amenazados o violados su derechos, más bien representa la postura frente a la realidad que todos podemos ver pero que las estadísticas intentan invisibilizar;
Que es necesario, para un adecuado delineamiento de roles, criterios y responsabilidades de todas las partes intervinientes, y para el correcto diseño de una política de estado local tendiente a promover y proteger los derechos de los niños de nuestra ciudad, tomar conocimiento de los datos oficiales sobre la materia;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe a través del área que corresponda, en el plazo de 10 días hábiles:
- Situaciones/casos de riesgos elevados desde nuestra ciudad al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño para su tratamiento y resolución.(en los últimos 5 años).-
- Cuántas medidas de abrigo han sido solicitadas, cuántas han sido otorgadas y cuántas se encuentran en vigencia. (en los últimos 5 años).-
REGISTRADA BAJO EL Nº 538.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2013.-