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COMUNICACIÓN Nº 610

POR DECRETO Nº 1205/17 Y ART.65º DEL RGTO. INTERNO DEL HCD. LA RESPUESTA PASA A SECRETARIA.

RESPONDIDA POR EL D.EJECUTIVO. INGRESO RESPUESTA EN LA DÉCIMO SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA SESIÓN DE FECHA 17-9-15.

SE REMITIÓ A LAS COMISIONES DE SALUD PUBLICA, ASISTENCIA SOCIAL Y MEDIO

AMBIENTE Y DE OBRAS PUBLICAS Y PLANEAMIENTO URBANO.-

Expediente HCD. Nº 5.335-A-14.-

VISTO

Los Expedientes 5.335-A-14 y 5.493-A-14, ambos iniciados por la Agrupación “Arca de Noé” donde realizan apreciaciones relacionadas a la tenencia responsable de perros, al refugio canino y a aspectos de la aplicación de las Ordenanzas 3.570/06 y 3.961/12; y

CONSIDERANDO

Que según la L.O.M. señala como competencias del Departamento Ejecutivo el fijar el horario de la Administración Municipal (art. 108 – Inc. 10), la reglamentación de las Ordenanzas (art. 108- Inc.3), la administración general (art.107), y la designación de sus auxiliares (art. 178) lo que limita parte de los pedidos realizados en cuanto a su incorporación a las Ordenanzas citadas debiendo encuadrarse en otra modalidad;

Que se hace referencia, por diversos medios, de actuaciones o proyectos del D.E. (como el traslado del refugio canino) sin contar este Departamento Deliberativo con la información precisa sobre el mismo;

Que, sin embargo, el repaso de las Ordenanzas vigentes ha permitido establecer la necesidad de un mayor detalle en algunos de sus Artículos, especificando sobre situaciones no contempladas hasta el momento;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe a este Cuerpo, en el término de 10 días hábiles:

a) Si es cierto que se trasladaría a otro predio el Refugio Canino Municipal.-

b) Lugar elegido para el traslado del refugio canino. Fundamentación de dicha elección.

c) Si fue evaluado ese lugar como no inundable.-

d) Proyecto o Anteproyecto de las instalaciones futuras. Presupuesto estimado.-

e) Capacidad de alojamiento de canes contemplada.

f) Empleados afectados, cualquiera sea su modalidad, y responsable del mismo.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 610.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

 

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