Expediente HCD. Nº 5.841-B-16
VISTO
La plena vigencia de la ORDENANZA 4250, sancionada a los 7 días del mes de Abril de 2016; y
CONSIDERANDO
Que en dicha ORDENANZA se crea para el distrito de CORONEL PRINGLES un FONDO DE SALUD para AYUDA ECONOMICA PARA LA ATENCION MEDICA de aquellos casos que por su complejidad y/o alto costo de tratamiento requieran de la colaboración de la comunidad;
Que desde el 7 de Abril hasta la fecha es de conocimiento público que, lamentablemente ha habido casos que se hubieran beneficiado con la ayuda prevista en la ORDENANZA 4250;
Que es muy doloroso y lamentable perder el estado de salud, pero lo es aún más sumarle un problema económico;
Que el hecho de contar o no con el dinero necesario, en otros distritos fuera de Coronel Pringles puede retrasar el tratamiento de enfermedades complejas que no puedan ser tratadas en nuestro distrito;
Que el Honorable Concejo Deliberante le ha dado al Departamento Ejecutivo de una herramienta para paliar la situación de familias que sufran problemas de salud y económicos;
Que es una preocupación constante de los Concejales del Bloque FVP-PJ dar respuesta a los problemas de la comunidad;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo que en el plazo de 10 (diez) días hábiles comunique si ha puesto en marcha o no el FONDO DE SALUD SOLIDARIO en el distrito de Coronel Pringles.
2º) En caso de no haberlo puesto en marcha informe el motivo de tal situación.
3º) Fecha cierta para la plena y concreta vigencia de la ORDENANZA Nº 4250.
REGISTRADA BAJO EL Nº 647
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 30 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2016.-