Expediente HCD. Nº 6.732-D-20
VISTO
El Expediente Nº 1.768 del año 2019, iniciado por el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Realización de cordón cuneta” en distintos sectores de nuestra ciudad;
Que mediante Ordenanza Nº 4.599, sancionada a los 3 días del mes de octubre de 2019, se declaró de Utilidad Púbica y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados con la citada obra en las siguientes calles:
– Pastor Newton (57) e/1 y 2 (vereda par)
– Pastor Newton (57) e/3 y 4 (vereda par)
– Boulevard 1 (Frondizi) e/53 y 54 (vereda par)
– Boulevard 1 (Frondizi) e/54 y 55 (vereda par)
– Boulevard 1 (Frondizi) e/56 y 57 (vereda par)
– Juan XXIII (2) e/54 y 55 (ambas veredas)
– Juan XXIII (2) e/55 y 56 (ambas veredas)
– Juan XXIII (2) e/56 y 57 (ambas veredas)
Que a fs. 20 el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli, informa que el valor de la obra objeto del presente tiene un costo final de $1.853.489,44 con la ejecución de 1.054 metros lineales de cordón cuneta, lo que arroja un valor de $1.758,53 el metro lineal;
Que atento lo expuesto, es necesario determinar el valor a abonar por los beneficiarios de dicha obra;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Determínese en $1.758,53 el valor del metro lineal de cordón cuneta en las calles determinadas en la Ordenanza Nº 4.599, sancionada a los 3 días del mes de octubre de 2019, por la cual se declaró de Utilidad Púbica y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados con la obra “Realización de cordón cuneta”, a saber:
– Pastor Newton (57) e/1 y 2 (vereda par)
– Pastor Newton (57) e/3 y 4 (vereda par)
– Boulevard 1 (Frondizi) e/53 y 54 (vereda par)
– Boulevard 1 (Frondizi) e/54 y 55 (vereda par)
– Boulevard 1 (Frondizi) e/56 y 57 (vereda par)
– Juan XXIII (2) e/54 y 55 (ambas veredas)
– Juan XXIII (2) e/55 y 56 (ambas veredas)
– Juan XXIII (2) e/56 y 57 (ambas veredas)
ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.638
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 07 DIAS DEL MES DE MAYO DE 2020.-