Expediente HCD. Nº 6.899-C-2021
VISTO
La Ordenanza N°4.518 sobre Beca para Deportistas y Entrenadores con Proyección al Alto Rendimiento; y
CONSIDERANDO
Que es necesario establecer un monto actualizado de las becas;
Que no se encuentra al día de la fecha el monto de lo que recibe un medallista olímpico a nivel nacional, según tabla en vigencia de la Secretaría de Deporte, Educación Física y Recreación de la Nación;
Que no es la intención de esta comisión dilatar la entrega de becas;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza N° 4.518 el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1º: Créase en el distrito de Coronel Pringles la Beca para Deportistas y Entrenadores con Proyección al Alto Rendimiento. Se entiende por beca al aporte de dinero que el municipio hará de acuerdo a las condiciones de la presente Ordenanza. El importe de la misma será equivalente al 25% de lo que recibe un medallista olímpico a nivel nacional, según tabla en vigencia de la Secretaría de Deporte, Educación Física y Recreación de la Nación; si al momento de determinar los beneficiarios no existe actualización el importe de la misma se ajustará a la inflación del año anterior, según valor INDEC. En caso de no realizarse en un período será acumulativa. Dicho importe saldrá de una partida especial avalada por el Ejecutivo. En el caso de los atletas con discapacidad, deberán presentar el CUD (Certificado Único de Discapacidad).
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.689
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE A LOS 15 DE ABRIL DE 2021.-