Press "Enter" to skip to content

ORDENANZA Nº 4.713

Expediente HCD. Nº 6.939-I-2021

VISTO

La importancia de mantener en la memoria colectiva a aquellas personas, empresas y/o instituciones de Coronel Pringles que han tenido relevancia histórica contribuyendo al desarrollo de nuestra sociedad; y

CONSIDERANDO

Que los hermanos Adolfo Primo Violi y Juan Luis Violi iniciaron la actividad comercial en Coronel Pringles un 1º de mayo de 1950, en un local ubicado en la vereda impar de la calle Dorrego, entre San Martín y Belgrano, donde comercializaban revistas, diarios y artículos de perfumería;

Que luego “Violi Hnos.” se fue creciendo hasta convertirse en la “librería del pueblo” y en distribuidora de diarios, ubicándose finalmente el comercio en Dorrego 824, en la planta baja del Edificio Premier;

Que fueron varias las generaciones de estudiantes las que pasaron por la Librería de Violi para proveerse de útiles escolares, convirtiéndose este espacio en un lugar de referencia para el ámbito educativo;

Que fueron 70 años de trabajo esforzado, de dedicación y presencia, para cumplir un rol fundamental para la información y la educación de la sociedad pringlense;

Que el 27 de mayo de 2016 desde la Asociación del Comercio y la Industria de Coronel Pringles, se le realizó un reconocimiento a la trayectoria comercial de la firma comercial mediante la entrega de un recordatorio.

Que es necesario rescatar y destacar los buenos ejemplos de vida cívica, y las referencias históricas son una herramienta de utilidad para ese objetivo;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Colóquese una Referencia Histórica en Dorrego 824 de la Ciudad de Coronel Pringles con el siguiente texto: “En este lugar funcionó la Librería Violi Hnos., comercio fundado el 1º de mayo de 1950 por Juan Luis y Adolfo Primo Violi”, en recuerdo de la Librería Violi Hnos.

ARTÍCULO 2º: Los Vistos y Considerandos forman parte de la Ordenanza.

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.713

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DÍA 1º DE JULIO DE 2021.-

Print Friendly, PDF & Email