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ORDENANZA Nº 4.724

Expediente HCD. Nº 6.973-D-2021

VISTO

El expediente Nº 1.905 del año 2021, iniciado por el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Diego Pelegrinelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Realización de Cordón Cuneta” en distintas calles de la ciudad;

Que de fs. 7 a 10 constan los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;

Que a fs. 12 el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Diego Pelegrinelli, informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;

Que el costo del metro lineal de cordón cuneta en las cuadras objeto del presente es de $2.557,60, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra;

Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Realización de Cordón Cuneta” en:

  • Calle 10 e/ 55 y 57 – veredas par e impar
  • Calle 11 e/ 55 y 56 – veredas par e impar
  • Calle 11 e/ 56 y 57 – vereda impar
  • Calle 11 e/ 59 y 60 – vereda impar
  • Calle 60 e/ 11 y 12 – vereda impar
  • Calle 56 e/ 9 y 12 – veredas par e impar

ARTÍCULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado o en el plazo fijado según el artículo 56º de la Ordenanza Fiscal 4.672/20, siendo el costo del metro lineal de cordón cuneta en las cuadras objeto del presente de $2.557,60, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.724

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 02 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2021.-

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