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ORDENANZA Nº 4.778

Expediente HCD. Nº 7.085-D-22

VISTO

El Expediente Nº 2.307 del año 2021, iniciado por el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Realización de Pavimento” en distintas calles de la ciudad, autorizado por Decreto Nº 1.106/21;

Que a fs. 8 constan los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;

Que a fs. 10 la Directora de Obras e Infraestructura María Belén Lucarelli informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;

Que el costo del metro cuadrado de pavimento en las cuadras objeto del presente es de $2.336,88, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra;

Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Realización de Pavimento” en:

· Calle 11 e/ 55 y 56

· Calle 11 e/ 56 y 57

· Calle 11 e/ 57 y 58

· Calle 11 e/ 58 y 59

· Calle 11 e/ 59 y 60

· Calle 60 e/ 11 y 12

· Calle 56 e/ 9 y 10

· Calle 56 e/ 10 y 11

· Calle 56 e/ 11 y 12

· Calle 57 e/ 9 y 10

· Calle 57 e/ 10 y 11

· Calle 57 e/ 11 y 12

ARTICULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado o en el plazo fijado según el artículo 56º de la Ordenanza Fiscal 4.745/21, siendo el costo del metro cuadrado de pavimento en las cuadras objeto del presente de $2.336,88, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.778

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 17 DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2022.-

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