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ORDENANZA Nº 4.798

Expediente HCD. Nº 7.137-D-22

VISTO

El Expediente Nº 0095 del año 2019, iniciado por el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Realización de cordón cuneta” en distintos sectores de nuestra ciudad, autorizado por Decreto Nº 0109/19;

Que constan en el Expediente de referencia los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;

Que a fs. 7 el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;

Que el costo del metro lineal de cordón cuneta en las cuadras objeto del presente es de $2.187,53, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra;

Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Realización de Cordón Cuneta” en las siguientes calles:

  • Calle Juan B. López (22) e/ 49 y 50 (vereda par e impar).
  • Calle Servando García (23) e/49 y 50 (vereda impar).
  • Calle Cnel. Spika (21) e/49 y 59 (vereda par).
  • Calle Stegmann (49) e/21 y 23 (vereda impar).
  • Calle San Martín (50) 21 y 23 (vereda impar).
  • Calle Cabrera (53) e/ 20 y 21 (vereda impar).
  • Calle Juan XXIII (2) e/ 42 y 43 (vereda impar).
  • Calle Italia (3) e/42 y 43 (vereda par).
  • Calle Vicente López (42 Bis) e/1 y 2 (vereda par).
  • Calle Flesia (43) e/1 y 3 (veredas par e impar).
  • Calle Gral. Rodríguez (16) e/52 y 53 (veredas par e impar).
  • Calle Bahía Blanca (18) e/ 52 y 53 (vereda par e impar).
  • Calle Francia (55) e/12 y 13 (vereda par e impar).

ARTICULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado o en el plazo fijado según el artículo 56º de la Ordenanza Fiscal 4.745/21, siendo el costo del metro lineal de cordón cuneta en las cuadras objeto del presente de $2.187,53, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.798

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2022.-

Expediente HCD. Nº 7.137-D-22

VISTO

El Expediente Nº 0095 del año 2019, iniciado por el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Realización de cordón cuneta” en distintos sectores de nuestra ciudad, autorizado por Decreto Nº 0109/19;

Que constan en el Expediente de referencia los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;

Que a fs. 7 el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;

Que el costo del metro lineal de cordón cuneta en las cuadras objeto del presente es de $2.187,53, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra;

Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Realización de Cordón Cuneta” en las siguientes calles:

  • Calle Juan B. López (22) e/ 49 y 50 (vereda par e impar).
  • Calle Servando García (23) e/49 y 50 (vereda impar).
  • Calle Cnel. Spika (21) e/49 y 59 (vereda par).
  • Calle Stegmann (49) e/21 y 23 (vereda impar).
  • Calle San Martín (50) 21 y 23 (vereda impar).
  • Calle Cabrera (53) e/ 20 y 21 (vereda impar).
  • Calle Juan XXIII (2) e/ 42 y 43 (vereda impar).
  • Calle Italia (3) e/42 y 43 (vereda par).
  • Calle Vicente López (42 Bis) e/1 y 2 (vereda par).
  • Calle Flesia (43) e/1 y 3 (veredas par e impar).
  • Calle Gral. Rodríguez (16) e/52 y 53 (veredas par e impar).
  • Calle Bahía Blanca (18) e/ 52 y 53 (vereda par e impar).
  • Calle Francia (55) e/12 y 13 (vereda par e impar).

ARTICULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado o en el plazo fijado según el artículo 56º de la Ordenanza Fiscal 4.745/21, siendo el costo del metro lineal de cordón cuneta en las cuadras objeto del presente de $2.187,53, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.798

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2022.-

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