Expediente HCD. Nº 7.138-D-22
VISTO
El Convenio de Adhesión en el marco del “Programa de apoyo al desarrollo de Infraestructura Municipal”; y
CONSIDERANDO
Que el Municipio de Coronel Pringles y la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, acuerdan celebrar un Convenio de Adhesión en el marco del “Programa de apoyo al desarrollo de Infraestructura Municipal” para la ejecución del Proyecto “Restauración y conservación de la Rambla y Plaza Juan Pascual Pringles”;
Que el objetivo del mismo es brindar asistencia financiera por parte del Ministerio a la Municipalidad de Coronel Pringles para la ejecución del citado proyecto, cuyo monto asciende a la suma de $48.545.999,52, con un primer desembolso equivalente hasta el 30% en concepto de anticipo financiero, efectuándose el o los restantes desembolsos contra la presentación por parte del Municipio de los respectivos certificados de avance de obra emitida y conformada por la misma en cuales se acredite la efectiva ejecución de la obra, descontándose en forma proporcional el primer desembolso en calidad de anticipo financiero;
Que el plazo de ejecución es de ciento ochenta días contados desde la fecha del acta de inicio, pudiendo concederse prórrogas en caso de causas sobrevinientes debidamente justificadas que impidieran su ejecución en el lapso concertado;
Que el Convenio objeto del presente entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, conservando la misma hasta seis meses posteriores a la finalización de la ejecución del Proyecto;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorícese la suscripción del Convenio de Adhesión en el marco del “Programa de apoyo al desarrollo de Infraestructura Municipal” para la ejecución del Proyecto “Restauración y conservación de la Rambla y Plaza Juan Pascual Pringles” entre la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, representada por su Secretario Arq. D. Carlos Augusto RODRIGUEZ, y el Municipio de Coronel Pringles representado por el Sr. Intendente Lisandro MATZKIN, que forma parte integrante del presente junto con sus Anexos, con el objeto de brindar asistencia financiera por parte del Ministerio a la Municipalidad de Coronel Pringles para la ejecución del citado Proyecto, cuyo monto asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE con CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($48.545.999,52), con un primer desembolso equivalente hasta el 30% en concepto de anticipo financiero, efectuándose el o los restantes desembolsos contra la presentación por parte del Municipio de los respectivos certificados de avance de obra emitida y conformada por la misma en cuales se acredite la efectiva ejecución de la obra, descontándose en forma proporcional el primer desembolso en calidad de anticipo financiero, con un plazo de ejecución de ciento ochenta días contados desde la fecha del acta de inicio, pudiendo concederse prórrogas en caso de causas sobrevinientes debidamente justificadas que impidieran su ejecución en el lapso concertado.
ARTICULO 2º: El presente Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, conservando la misma hasta seis meses posteriores a la finalización de la ejecución del Proyecto.
ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.799
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2022.-
Expediente HCD. Nº 7.138-D-22
VISTO
El Convenio de Adhesión en el marco del “Programa de apoyo al desarrollo de Infraestructura Municipal”; y
CONSIDERANDO
Que el Municipio de Coronel Pringles y la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, acuerdan celebrar un Convenio de Adhesión en el marco del “Programa de apoyo al desarrollo de Infraestructura Municipal” para la ejecución del Proyecto “Restauración y conservación de la Rambla y Plaza Juan Pascual Pringles”;
Que el objetivo del mismo es brindar asistencia financiera por parte del Ministerio a la Municipalidad de Coronel Pringles para la ejecución del citado proyecto, cuyo monto asciende a la suma de $48.545.999,52, con un primer desembolso equivalente hasta el 30% en concepto de anticipo financiero, efectuándose el o los restantes desembolsos contra la presentación por parte del Municipio de los respectivos certificados de avance de obra emitida y conformada por la misma en cuales se acredite la efectiva ejecución de la obra, descontándose en forma proporcional el primer desembolso en calidad de anticipo financiero;
Que el plazo de ejecución es de ciento ochenta días contados desde la fecha del acta de inicio, pudiendo concederse prórrogas en caso de causas sobrevinientes debidamente justificadas que impidieran su ejecución en el lapso concertado;
Que el Convenio objeto del presente entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, conservando la misma hasta seis meses posteriores a la finalización de la ejecución del Proyecto;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorícese la suscripción del Convenio de Adhesión en el marco del “Programa de apoyo al desarrollo de Infraestructura Municipal” para la ejecución del Proyecto “Restauración y conservación de la Rambla y Plaza Juan Pascual Pringles” entre la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, representada por su Secretario Arq. D. Carlos Augusto RODRIGUEZ, y el Municipio de Coronel Pringles representado por el Sr. Intendente Lisandro MATZKIN, que forma parte integrante del presente junto con sus Anexos, con el objeto de brindar asistencia financiera por parte del Ministerio a la Municipalidad de Coronel Pringles para la ejecución del citado Proyecto, cuyo monto asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE con CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($48.545.999,52), con un primer desembolso equivalente hasta el 30% en concepto de anticipo financiero, efectuándose el o los restantes desembolsos contra la presentación por parte del Municipio de los respectivos certificados de avance de obra emitida y conformada por la misma en cuales se acredite la efectiva ejecución de la obra, descontándose en forma proporcional el primer desembolso en calidad de anticipo financiero, con un plazo de ejecución de ciento ochenta días contados desde la fecha del acta de inicio, pudiendo concederse prórrogas en caso de causas sobrevinientes debidamente justificadas que impidieran su ejecución en el lapso concertado.
ARTICULO 2º: El presente Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, conservando la misma hasta seis meses posteriores a la finalización de la ejecución del Proyecto.
ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.799
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2022.-