Expediente HCD. Nº 4.591-B-11.-
VISTO
El nuevo sistema implementado para obtener y renovar la licencia de conducir; y
CONSIDERANDO
Que esto trajo aparejado muchos cambios tales como los tiempos para su obtención y/o renovación;
Que son innumerables las quejas recibidas por que los turnos para realizar el trámite se están otorgando a 30 días de la fecha;
Que es necesario saber cuales son los criterios establecidos o utilizados para dar dichos turnos;
Que dado que es un sistema nuevo, del cual no todos los ciudadanos tienen conocimiento, hace que muchos de ellos se vean imposibilitados de conducir durante ese lapso;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÒN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través del área que corresponda informe a este Honorable Cuerpo las causas por las que se otorgan turnos a 30 días para realizar los trámites de obtención y/o renovación de la licencia de conducir.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 450.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE ABRIL DE 2011.-