VISTO
La no publicación del balance semestral de este Municipio; y
CONSIDERANDO
Que en el Artículo 165 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el 153 del Reglamento de contabilidad establecen la obligatoriedad de publicar el balance semestral y el envío del mismo al Honorable Concejo Deliberante como así también al Honorable Tribunal de Cuentas;
Que el incumplimiento de lo normado anteriormente conlleva una sanción correspondiente al Señor Intendente y Señor Contador, pero más grave que la sanción es el ocultamiento del estado de cuentas del Municipio;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Señor Intendente Municipal que en el plazo de 5 días hábiles, eleve a este Honorable Cuerpo el balance semestral cerrado el 30 de junio del corriente año y su publicación correspondiente.-
2º) Enviar copia de la presente Comunicación al Honorable Tribunal de Cuentas para conocimiento del mismo.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 473.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DÍA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2011.-