EN LA DÉCIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA (06/09/12). EL H.CUERPO TOMO CONOCIMIENTO DE LA RESPUESTA ELEVADA POR EL D.E.. SIENDO APROBADA POR MAYORÍA.-
Expediente HCD. Nº 4.890-B-12.-
VISTO
La Ordenanza 3.939/12 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 07 de junio del 2012, que quedara promulgada de hecho por el Departamento Ejecutivo; y
CONSIDERANDO
Que en su Artículo 2º la Ordenanza 3.939/12 expresa “Establézcase como meta mínima mensual, el mantenimiento de 15 calles del ejido urbano de Coronel Pringles e Indio Rico”;
Que en su Artículo 3º la Ordenanza 3.939/12 establece que “El Departamento Ejecutivo deberá informar en forma mensual a este Honorable Cuerpo, la nómina de las calles a las cuales se haya realizado mantenimiento, el detalle de los trabajos efectuados en las mismas, como así también el tiempo demandado para la ejecución de los mismos”;
Que ya ha transcurrido tiempo suficiente como para que el área que corresponda, presente el informe mensual correspondiente;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo a través del Área que corresponda, en el plazo de 10 días hábiles, presente al Honorable Concejo Deliberante los informes mensuales correspondientes a Julio y Agosto del año 2012, según lo indicado en el Artículo 3º de la Ordenanza 3.939/12.
REGISTRADA BAJO EL Nº 492.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2012.-
DE IGUAL TENOR, REMITIDA A LOS MEDIOS DE PRENSA:
.CANAL 6.-
.F.M. TRANSFORMACION
.PRINGLES F.M.
. F.M. GENESIS
.FM. IMPACTO
. OMAR E. CESCON
. LA NUEVA PROVINCIA
. EL ORDEN
. EXPRESO SEMANAL
.F.M. DE PAUT
. EL DIARIO
. CANAL 2.-