Expediente HCD. Nº 5.237-B-13.-
VISTO
Que los terrenos ubicados en el predio identificado catastralmente en la Ordenanza 3.244 como Circunscripción XIII, Sección “G” quinta 83, dominio de inscripción Matricula 8160 (23) se encuentran en al menos una dudosa situación;
CONSIDERANDO
Que oportunamente se destinó la quinta mencionada en los vistos para la construcción de viviendas en el marco del Plan Familia Propietaria;
Que para tal fin se aprobaron ordenanzas y firmaron convenios entre la Municipalidad y el Estado Provincial, como así también entre el Estado y los potenciales beneficiarios;
Que paralelamente para cumplir con los objetivos del Plan Familia Propietaria la Municipalidad realizo una importante inversión adquiriendo la Quinta 83 (Decreto 8/95);
Que el objetivo buscado por las distintas normas sancionas y suscriptas han fracasado, si tenemos en cuenta que doce años después de la última acción burocrática realizada en el marco del Plan mencionado no se implanta en dicha quinta ninguna urbanización;
Que es obligación y función de las autoridades municipales defender los derechos del Estado Municipal en resguardo del interés común;
Que ante la situación al menos dudosa es necesario esclarecer la situación, para de ser necesario realizar acciones posteriores que subsanen la situación a prima face dudosa, con altas posibilidades de ser una situación irregular en perjuicio del patrimonio inmobiliario de todos los pringlenses;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe la situación dominial en la cual se encuentra el predio identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “G” quinta 83, dominio de inscripción Matricula 8160 (23), afectados oportunamente al Plan Familia Propietaria.-
2º) Solicitar al Departamento Ejecutivo que informe, en el caso que los terrenos no hallan retornado al dominio municipal, si tiene proyectada alguna acción que garantice los derechos del Estado Municipal sobre el predio en cuestión de acuerdo a las ordenanzas y convenios que oportunamente de aprobaron o suscribieron.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 544.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2013.-