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COMUNICACIÓN Nº 555

Expediente HCD. Nº 5.316-B-14.-

VISTO

La Ordenanza Nº 4.096/14, la cual hace referencia a la Resolución Nº 12.334/10 y al Decreto Provincial Nº 2.142/11 donde se declaran insalubres a las tareas de inhumación y ——–exhumación de cadáveres, que se realizan en el cementerio de la Municipalidad de Coronel Pringles; y

CONSIDERANDO

Que en la citada Ordenanza se establece la obligación del Municipio para adecuar el área y las tareas mencionadas de acuerdo a observaciones realizadas por los Organismos de control y a lo que establece el marco legal respectivo;

Que lamentablemente la experiencia nos indica que de no realizarse un control y seguimiento cercano y exhaustivo, en la concreción de las metas y acciones a desarrollar, los empleados municipales se ven perjudicados y las leyes quedan incumplidas;

Que es necesario tener presente que la obligación de iniciar todas las acciones derivadas de la declaración de insalubridad de un área ó tarea, recae en el Departamento Ejecutivo siendo el Organismo que es informado en forma fehaciente de lo resuelto o decretado por las Autoridades de aplicación;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe en el término de diez (10) días hábiles:

a) Tiempo estimado de construcción de los baños para el personal, con la correspondiente instalación de las duchas con agua fría y caliente.-

b) Tiempo estimado de aprovisionamiento de poleas y aparejos para realizar los trabajos que demandan un esfuerzo tal que signifiquen riesgo ergonómico.-

c) Tiempo estimado en el que se pueda contar con los armarios individuales con compartimentos para ropa de trabajo y ropa de calle.-

d) Confirmación de que el personal allí actuante fue provisto de la vestimenta y calzado correspondiente.-

e) Detalle de:

. Cuál ha sido la modificación en régimen horario y haberes percibidos por los empleados del

cementerio.-

. Cuál ha sido la forma escogida de saldar lo adeudado desde la promulgación de la Resolución 12.334/10 y el Decreto 2.142/11 hasta la fecha.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 555.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2014.-

 

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