POR DECRETO Nº 1157/16 Y ART. 65º DEL REGLAMENTO INTERNO DEL HCD.. PASA AL ARCHIVO.
EN LA DÉCIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA (20-11-14) EL H. CUERPO APROBÓ POR UNANIMIDAD LA RESPUESTA ELEVADA POR EL D.E..PASA A LA COMISIÓN DE HACIENDA.
Expediente HCD. Nº 5.479-B-14.-
VISTO
Que por Ley Provincial 13.010 y modificatorias, se crea y establece el funcionamiento del denominado FONDO COMPENSADOR DE MANTENIMIENTO Y OBRAS VIALES con sumas provenientes del Impuesto Inmobiliario Rural; y
CONSIDERANDO
Que está establecido que el destino de dicho Fondo transferido a los municipios debe ser hacia el mantenimiento y a la realización de obras de la red provincial de tierra;
Que también en la Ley Provincial 13.010 se transfiere el mantenimiento de la red provincial de tierra a los municipios que adhieran a dicha Ley;
Que el mantenimiento de caminos rurales en el distrito de Coronel Pringles se encuentra, desde hace varios años, concesionado a la Cooperativa Vial;
Que en el último tiempo se han repetido los reclamos de la Cooperativa Vial solicitando el aumento de la Tasa Vial para hacer frente a sus necesidades de trabajo y asegurar el mantenimiento de las fuentes laborales de varias familias pringlenses;
Que persiguiendo la transparencia, tratando de evitar problemas futuros e intentando solucionar los actuales;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1°) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe en un plazo de siete días hábiles y a través del área que corresponda, en detalle, el destino del dinero recibido en concepto de descentralización del FONDO COMPENSADOR DEL IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL desde el 01/01/2014 hasta el 30/09/2014.-
2º) Informe también el saldo disponible de dicho Fondo al 30/09/2014.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 581.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2014.-