EN LA SEGUNDA SESION ORDINARIA (19-04-18). EL D.E. ELEVO RESPUESTA.AXU.SECRETARIA.-
Expediente HCD. Nº 6.303-B-17
VISTO
Que en reuniones con integrantes de la comunidad, solicitan la creación del Hogar Permanente y/o transitorio para personas con discapacidad; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº 4.352 contempla en su artículo primero la creación de un Hogar para personas con discapacidades físicas, psíquicas y/o mental;
Que las personas con capacidades diferentes tienen el derecho a un espacio de contención cuando en situaciones socio familiares extremas, no puedan permanecer en su entorno familiar;
Que el Estado no puede permanecer ajeno a esta problemática;
Que hoy en nuestra Comunidad tenemos un caso extremo que necesita una inmediata solución;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe en el plazo de diez días hábiles el estado de avance en la planificación para posibilitar la ejecución de la Ordenanza Nº 4.352, aprobada por este Cuerpo el 06/04/2017, que daría solución a la problemática presentada.
REGISTRADA BAJO EL Nº 716
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 14 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2017.-
SILVIA MORENO ORESTE Lic. LISANDRO MATZKIN
SECRETARIA PRESIDENTE
H.C.D. H.C.D.