EN LA CUARTA SESION ORDINARIA (17-05-18). EL D.E. ELEVO RESPUESTA.AXU-SECRETARIA.-
Expediente HCD. Nº 6.375-I-18
VISTO
La Ordenanza Impositiva 2018; y
CONSIDERANDO
Que respecto al Balneario Municipal, dicha Ordenanza impone el cobro por acceso vehicular, por carpa, tráiler o casilla rodante, por motocicletas, cuatriciclos y triciclos, por uso de fogónes, por uso del S.U.M. Barracón, y por uso de los dormitorios y duchas del Barracón;
Que el principal argumento a la hora de imponer esos cobros fue la utilización de los ingresos para mejorar las instalaciones de dicho espacio;
Que pudo apreciarse, a lo largo de toda la temporada de verano, la enorme afluencia de vecinos a las instalaciones del Balneario Municipal, lo que hace presumir una buena recaudación;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo en el término de 10 (diez) días hábiles informe:
- Monto total recaudado por acceso y uso de las instalaciones del Balneario Municipal.
- En qué cuenta fueron depositados esos fondos.
- Qué uso se hizo de esos fondos, aportando las probanzas correspondientes.
REGISTRADA BAJO EL Nº 720
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2018.-