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COMUNICACIÓN Nº 840

Expediente HCD. Nº 7.609I2023.-

VISTO

La Ley 27499, O Ley Micaela, que fue promulgada el 10 de enero de 2019 y que establece la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación que lleva ese nombre en conmemoración de Micaela García, una joven entrerriana de 21 años, militante social y del Movimiento Ni Una Menos, que fue víctima de femicidio en manos de Sebastián Wagner y,

CONSIDERANDO

Que dichas capacitaciones tienen como objetivo promover la desnaturalización de las violencias hacia las mujeres y población LGBTI+, y aportar insumos para reflexionar de manera crítica sobre las desigualdades por motivos de género e impactos diferenciales, a través de diferentes recursos y materiales como cuadernos de lectura, foros de debates, textos bibliográficos, notas periodísticas y contenidos audiovisuales.

Que es obligatorio cumplir con las leyes y normas establecidas y que dichas capacitaciones se extendieron desde no sólo para el nivel Nacional, sino también Provincial y Municipal,

Que es un deber y una cuenta pendiente que tenemos como sociedad poder capacitarnos en cuestiones de género y violencia de género para comprender las realidades de quienes atraviesan esa situación y desde esa mirada, despojada de los efectos del patriarcado histórico que formó directa o indirectamente parte de nuestra vida y que hoy debemos desarraigar en este proceso de deconstrucción, poder accionar con herramientas, pero fundamentalmente con empatía y solidaridad.

Que las violencias contra las mujeres y población LGBTI+ resulta abrumadora y nos genera un profundo sentimiento de dolor día a día en nuestro país y debemos tomarnos esta Ley con la seriedad que el contexto histórico lo requiere.

Que nuestras y nuestros jóvenes nos interpelan día a día en diferentes cuestiones de la vida cotidiana, pero fundamentalmente en cuestiones relacionadas con género y violencia de género de manera tal que pareciera que su capacitación al respecto es casi natural, y con ellos también tenemos esa cuenta pendiente para comprenderlos y acompañarlos intentando generar las mejores condiciones para su desarrollo.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LA FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1°) Solicitar al departamento ejecutivo que informe a través del área que corresponda en el plazo de 10 días hábiles lo siguiente:

1. Nómina de trabajadores y trabajadoras municipales de la planta política que se capacitaron en Ley Micaela hasta la fecha y si existe algún documento que lo certifique acompañar la nómina

2. Cantidad de trabajadores y trabajadores municipales que se capacitaron en Ley Micaela y que no son planta política.

3. Breve resumen de cómo se llevaron a cabo las capacitaciones y quien o quienes fueron las personas encargadas de dictar dichas capacitaciones.

4. En el caso que existieran trabajadores o trabajadoras de la planta política que aún no se hayan capacitado, informar de cada uno o una de ellas el motivo y cuando piensan hacerlo.

5. Informar que plan estratégico de capacitación en Ley Micaela tiene pensado el Gobierno Municipal para completar la capacitación del 100% de los y las trabajadoras sean plata política o planta permanente.

REGISTRADA BAJO EL Nº 840

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023.

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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