VISTO
La necesidad de que la Colectividad Chilena cuente con una arteria de la Ciudad que se denomine CHILE; Y
CONSIDERANDO
Que los nativos de dicho país y sus descendientes, desde mucho tiempo atrás están integrados a nuestra comunidad aportando sus costumbres y tradiciones al acervo cultural pringlense;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Impónese el nombre CHILE al acceso Pillahuincó, sito en Boulevard 40 entre Ruta 51 y Avenida Frondizi (1).-
ARTICULO 2o: Instálense por el Area correspondiente, los respectivos nomencladores.-
ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3.566/06.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2006.-