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ORDENANZA Nº 3.582

Expediente HCD. No.3.562-B-06.-

VISTO

Que hoy día cerca de 8 millones de personas han padecido algún tipo de cáncer, algunas de estas se encuentran curadas, mientras que otras padecen la enfermedad;

Que cada año más y más personas sobreviven al cáncer gracias a los nuevos tratamientos;

Que en Coronel Pringles no existe un grupo de autoayuda para estos enfermos; y

CONSIDERANDO

Que los Grupos de Autoayuda son útiles para mejorar la motivación de una persona y la calidad de vida de la misma;

Que en el grupo de personas que comparten un problema, algunos individuos sirven de estímulo positivo a otros, y todos se ven beneficiados por esta dinámica, siempre coordinados por un profesional;

Que estos encuentros pueden facilitar la disminución del malestar psicológico al compartir con otras personas las dificultades propias y tomar conciencia de que uno no es el único que sufre esta enfermedad, que están quienes han superado el camino y            quienes aún se encuentran en una parte de él, la intención es que todos juntos pueden ayudar a superar ese difícil trance que es el cáncer;

Que estos grupos dedican un tiempo para encontrarse, para compartir experiencias con la confianza necesaria para poder desahogar los problemas, preocupaciones (ventilación emocional), interactuando y relacionándose con personas que van a poder comprender, y que han pasado o están pasando por lo mismo, ayudándose y apoyando en todo momento en forma incondicional;

Que el médico especialista es quien lleva adelante el tratamiento y siendo el “grupo de autoayuda para enfermos de cáncer” un apoyo, un lugar, para renovar y encontrar esperanzas, ganas de luchar, sabiendo a través de otros testimonios que a esta enfermedad se le puede GANAR;

Que sabemos del trabajo de otros grupos tales como: “Atención al Suicida”, “Grupo Sanar”, “Grupo Resurrección”, los cuales cumplen una función social muy importante;

Que el Hospital Municipal por medio del servicio social, realiza la gestión de empadronamiento y solicitud de medicamentos para paciente no mutualizados ante el banco de drogas oncológicas de la Provincia, así como también la realización de tratamientos radioterápicos a través del servicio social del Hospital José Penna y otras instituciones (Hospital Garrahan, Hospital Mainetti, etc..);

Cabe destacarse que para este último tratamiento, se les asiste en forma directa pasajes para el paciente;

En el caso de mutualizados, se les orienta a realizar los trámites y se contempla en el banco de droga del hospital, la posibilidad de adelantar los tratamientos según sea el caso, ya que el otorgamiento de medicamentos a través de la mutual tarda            aproximadamente 30 días;

Que existen algunos grupos en la Provincia de Buenos Aires tales como:

– “Dar el alma”, “San Nicolás”,”Grupo de Autoayuda contra el cáncer”.

– “Ayuda al Leucémico – Ayuda Le” – Bahía Blanca. Asociación dedicada a mejorar la calidad de vida de pacientes con Leucemia.

– “Fundación Apostar a la Vida”- Buenos Aires, apoyo y tratamiento del enfermo de cáncer, en forma gratuita.

– “Fundación ACIAPO” – Atención comunitaria al paciente oncológico. San Isidro. Provincia de Buenos Aires.

– “Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer” – LALCEC-

La Liga esta orientada a mitigar los efectos del cáncer mediante la prevención y educación.

Que existen registros en la zona de la cantidad de enfermos que asisten a diferentes clínicas y hospitales públicos (se anexan los datos) para ser atendidos, en los mismos figuran: Bahía Blanca, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Tres Arroyos, Tornquist,          y Coronel Pringles; demostrando de esta manera que estos pacientes necesitan de un GRUPO DE CONTENCION;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN            EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON            FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1o: Créase el “GRUPO DE AUTOAYUDA PARA ENFERMOS DE   CANCER”, el mismo estará dirigido por un profesional a designar.-

ARTICULO 2o: Este grupo estará incluido dentro del Area de Salud del Hospital Municipal.-

ARTICULO 3o: El grupo funcionará en un lugar que el Hospital Municipal designe y el acceso a este ser totalmente –

GRATUITO.-

ARTICULO 4o: Se entreguen copias al Area del Hospital Municipal, Acción Social, Sanatorio Local, y todas aquellas Instituciones que funcionen como receptores de personas y órganos de difusión.-

ARTICULO 5o: Se anexan planillas de datos de la zona y artículo de un grupo recientemente formado.-

ARTICULO 6o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL No.3.582/06.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 3 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2006.-

 

 

 

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