Expediente HCD. No.3.566-P-06.-
VISTO
Que en virtud de contar con excelentes bailarines de Danzas Folklóricas y teniendo conocimiento que actualmente se cuenta con un número considerable de Peñas; y
CONSIDERANDO
Que resultaría de Interés la Conformación de un Ballet Municipal que nos represente a nivel local y regional;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Créase un Ballet Municipal de Danzas Folklóricas Tradicionales y Estilizadas, como así también de Tango.-
ARTICULO 2o: El mismo estará conformado por 2 a 4 parejas de cada una de las Peñas Locales, que serán seleccionadas por un jurado especializado en dichas danzas.-
Las Peñas de la Localidad de Indio Rico también participarán en la selección y con respecto al Jurado resultaría de interés fuesen reconocidos como por ejemplo, por Torneos Bonaerenses.-
ARTICULO 3o: De la Selección de las parejas se recomienda la inclusión de al menos 2 a 4 jóvenes con capacidades diferentes, logrando de esta manera una forma más de convivencia entre nuestros representantes y así mismo la integración de las Peñas existentes.-
ARTICULO 4o: La Dirección de Cultura designará Profesores para cada estilo en lo posible no pertenecientes al Distrito para lograr neutralidad. Los mismos serán remunerados por el Municipio.-
ARTICULO 5o: La participación en el Ballet Municipal no generará ningún tipo de remuneración a sus integrantes.-
ARTICULO 6o: Se contemplara la formación de una Comisión de Apoyo para solventar gastos.-
ARTICULO 7o: Respecto a la vestimenta se comenzaría con los trajes disponibles de las Peñas.-
ARTICULO 8o: Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese, y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3.590/06.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 15 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2006.-