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Ordenanza Nº 4.365

PROMULGADA POR DECRETO Nº 0610/17.-

Expediente HCD. Nº 5.955-C-16

VISTO

Que la seguridad vial es el resultado de una relación, entre las componentes fundamentales del tránsito, que son los usuarios, los vehículos y los factores ambientales, en especial las vías; calles, rutas, caminos y su entorno, controlado y sancionado por el área de tránsito; y

CONSIDERANDO

Que para lograr objetivos, como bajar el número de accidentes definir prioridades en lo ambiental o infraestructuras, como puede ser colocar más señalización, semáforos u otros, resulta fundamental contar con una herramienta, que posibilite conocer con la mayor precisión la situación en nuestra localidad;

Que la herramienta más utilizada es el Mapa Accidentológico y su elaboración estadística, es decir la clasificación de los accidentes por tipo, causas, lugares y horarios;

Que permita adoptar las acciones pertinentes a efectos de reducir, a partir de la prevención, el índice de siniestralidad en la jurisdicción;

Que tenemos un alto número de mortalidad por accidente por año en nuestro país, cifra que no ha sido disminuido en los últimos años;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Anualmente el Departamento Ejecutivo, deberá confeccionar a través de la Dirección de Seguridad, Área Transito, el Mapa Accidentológico del Partido de Coronel Pringles.

ARTICULO 2º: El Mapa Accidentológico, se confeccionara con información suministrada por los siguientes organismos locales:

1) Policía comunal y rural.

2) Tránsito

3) Empresas aseguradoras.

4) Juzgado de Faltas.

5) Bomberos de Coronel Pringles.

ARTICULO 3º:.Etapas de elaboración del Mapa Accidentológico:

1) Recolección de datos.

2) Almacenamiento de datos en base digital.

3) Procesamientos de datos.

4) Confección de datos y clasificación del accidente.

5) Traslado al mapa que se confeccionará anualmente.

ARTICULO 4º:.La Base estadística tendrá los siguientes datos:

1) Fecha y hora del accidente.

2) Ubicación y/o dirección del accidente.

3) Edad de los conductores.

4) Tipo y estado de la calzada.

5) Condiciones climáticas al momento del accidente.

6) Clases y cantidad de vehículos involucrados en el accidente.

7) Estado del vehículo.

8) Toda otra información referida al accidente.

9) Informe del servicio médico de urgencia.

ARTICULO 5: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.365

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS O4 DIAS DEL MES DE MAYO DE 2017.-

 

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