Expediente HCD. Nº 6.609-A-2019
VISTO
La Ley Nacional Nº 26.743 sobre Identidad de Género y la Ley Provincial 14.783; y
CONSIDERANDO
Que no existen obstáculos para que a nivel local se garantice el cupo referido, sino que por el contrario, se expande el abanico de derechos que como Estado Municipal debemos plasmar legalmente;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Coronel Pringles a lo normado por la Ley 14.783.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.581.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2019.-