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ORDENANZA Nº 4.629

Expediente HCD. Nº 6.735-I-20

VISTO

Que con el objeto de prevenir accidentes o atemperar el posible daño de los mismos es recurrente la intervención del Estado Municipal en la vía pública mediante la colocación de limitadores físicos de velocidad; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 27°, Punto 2, establece como atribución del Departamento Deliberativo: “El trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y las delineaciones y niveles en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial”;

Que está situación burocratiza innecesariamente acciones que el Departamento Ejecutivo debe realizar con el fin de intervenir en la vía pública mediante obras menores con el fin de inducir a la reducción de velocidad por parte de los conductores;

Que creemos oportuno, por lo mencionado anteriormente, autorizar al Departamento Ejecutivo a determinar vía Decreto y con las fundamentaciones técnicas que sean necesarias donde ubicar reductores físicos de velocidad;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN   EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON   FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a establecer la colocación de reductores físicos de velocidad en las vías públicas del distrito, determinando por vía reglamentaria, y con fundamentación de las áreas de gobierno que correspondan, todos los detalles referidos a obras, infraestructura, necesidad, procedencia y todo aspecto que requiera normativa específica para la concreción de aquellos.

ARTICULO 2º: Facúltese al mismo a establecer acuerdos particulares y/o generales con los servicios de emergencias de muestra comunidad para la coordinación de los lugares a designar para la ubicación de dichos reductores.

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.629

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 05 DIAS DEL MES DE MARZO DE 2020.-

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