Press "Enter" to skip to content

ORDENANZA Nº 4.650

Expediente HCD. Nº 6.790-D-20

VISTO

El Expediente Nº 1.211/2020 por el cual se solicita la adquisición, por intermedio de la nueva línea de leasing con plazo de 48 meses con 3 de gracia, es decir de 45 pagos con tasa variable y con piso de 26%, de equipos viales destinados a la conservación y mantenimiento de caminos rurales provinciales y locales; y

CONSIDERANDO

Que el primero de estos equipos se trata de una retro-pala, maquinaria que permite trabajos puntuales con autonomía para la limpieza de cunetas, canales y alcantarillas. El municipio no cuenta con un equipo de estas características y el que actualmente utilizamos data del año 1971 y si bien se encuentra operativo es claramente obsoleto para estos tiempos y no posee la totalidad de las normas de seguridad exigidas en estos momentos;

Que el uso intensivo y antigüedad de la retro existente en el parque vial municipal hizo que se desgaste y hoy tiene innumerables problemas mecánicos e hidráulicos. Al mismo tiempo no posee pala cargadora por lo que el proceso de carga de material es muy lento y poco ágil. A todo esto se agrega que está apoyada en un chasis con 3 ruedas, tipo triciclo, lo que impide la realización de muchos de los trabajos por la imposibilidad de trabajar en el eje de las zanjas y/o sobre ellas;

Que los restantes equipos serían dos camiones utilitarios tipo IVECO Daily, de los cuales el municipio cuenta con dos, en las áreas de Medio Ambiente y Obras e Infraestructura, y cumplirían un rol similar pero ahora enfocados en la rutina de reparación y mantenimiento de caminos, recordando que el distrito posee gran cantidad de kilómetros de caminos provinciales y muchos de ellos alejados del casco urbano;

Que estos vehículos permiten el transporte de hasta 6 personas con las normas de seguridad adecuadas (cinturón, asiento individual, cabina compacta, etc.) y al mismo tiempo de equipos y/o herramientas. Son lo suficientemente fuertes para remolcar un carro que lleva la retropala y/o una mini-cargadora (tipo Bobcat), equipos de mano (carretillas, motosierras, hormigoneras, etc.), que se utilizan para refacciones en obras de arte principalmente pero al mismo tiempo para mantenimientos y limpieza, tengamos en cuenta que la lejanía de muchos de estos lugares requieren que optimicemos los viajes;

Que uno de estos vehículos deberá tener caja volcadora para el transporte de áridos y tierras, mientras que el otro deberá estar equipado con una caja metálica cerrada, de capacidad a convenir con el fabricante, para el resguardo de herramientas y equipos;

Que las unidades que se desafecten serán reubicadas en otros servicios municipales y servirán de unidades de resguardo si a alguna de las unidades nuevas se la deba parar para mantenimiento u otra actividad;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorízase al Sr. Intendente Municipal Lic. Lisandro Matzkin, D.N.I. Nº 24.413.544 a suscribir contratos con Provincia Leasing, para llevar a cabo operaciones de Leasing para el alquiler con opción a compra por la suma de $16.500.000 sin incluir el IVA y atendiendo incrementos de montos relacionados a la variabilidad del tipo de cambio, en relación a los siguientes bienes:

· Una (1) retroexcavadora cargadora CATERPILLAR con brazo superior a 4 metros

· UN (1) utilitario doble cabina Marca IVECO DAILY carrozado con caja volcadora

· UN (1) utilitario doble cabina marca IVECO DAILY carrozado con caja cerrada

ARTICULO 2°: Autorízase a concretar la operación consignada en el Artículo 1º en base a las condiciones que establezca Provincia Leasing, en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación.

ARTICULO 3°: Facúltase al Sr. Intendente para la firma del contrato de leasing y demás documentos relacionados con la operatoria.

ARTICULO 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a comprometer fondos de ejercicios futuros a los efectos de cumplir con los contratos resultantes, en el marco del Artículo 273° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTICULO 5°: Regístrese, dése al libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 6°: Cúmplase, Comuníquese, Dése al R.O. y Archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.650

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 06 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2020.-

Print Friendly, PDF & Email