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ORDENANZA Nº 4.669

Expediente HCD. Nº 6.869-P-2020

VISTO

La falta de un espacio de trabajo adecuado y operativo para el desempeño de las funciones inherentes al HCD, reflejándose, entre otras en la ausencia de lugar específico para los bloques integrantes de este Cuerpo;

Que el Departamento Deliberativo, representado por su Presidente, ha solicitado al Departamento Ejecutivo, su intervención para subsanar el inconveniente enunciado; y

CONSIDERANDO

Que la respuesta debería contemplar la unidad y cercanía necesaria para la labor administrativa, la propia de los Bloques y de las Autoridades, que componen el Cuerpo Deliberativo, y la sala de sesiones, requisitos que acotan las dependencias disponibles;

Que al día de la fecha, el HCD, ofrece barreras arquitectónicas insalvables para la asistencia de personas con discapacidad o limitación física/motriz, ya sea como edil o como asistente a las sesiones;

Que mediante nota con fecha 1º de Octubre del año en curso, el Sr. Intendente Municipal ofrece como una respuesta factible el traslado del HCD a parte de las instalaciones de la Casa de Cultura;

Que en la misma señala que esto no debe interferir con: Sala Triano, Sala Mariani, Reserva técnica de Bellas Artes, Sala Dameno Pelaez (futura extensión reserva técnica Bellas artes), Antimuseo, museo Pillahuincó, y Patio de árboles históricos. Compartiendo espacios comunes (baños y pasillos.);

Que lo específico destinado al HCD consistiría en: Sala Dardo Rocha, oficina de la Dirección de Modernización, Estadísticas y Transparencia, y las actuales oficinas administrativas de cultura, OMIC, y Prensa;

Que los recintos enunciados están actualmente en uso por lo cual no requieren de inversiones de consideración;

Que dicha propuesta fue aceptada por la totalidad de los miembros del Departamento Deliberativo, en respuesta emanada por misiva con fecha 16/10/2020;

Que al haber funcionado en la actual Casa de Cultura, la Intendencia Mpal, y el HCD, esto motiva a poner en valor con distintas intervenciones artísticas, y referencias históricas, la sala Dardo Rocha, de manera que sea una dependencia más de las que conforman la recorrida turística y que describe las actividades cívicas de otros tiempos (todo esto sin obstaculizar las labores propias del Cuerpo Deliberativo);

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Establézcase como nuevo espacio de funcionamiento del HCD de Coronel Pringles a las dependencias de Casa de Cultura enunciadas a continuación: Sala Dardo Rocha, actual oficina de la Dirección de Modernización, Estadísticas y Transparencia, actual oficina de atención de OMIC, actual oficina de Prensa y Comunicación, y oficinas administrativas (a excepción de la Sala Dameno Pelaez).

ARTÍCULO 2º: Quedan taxativamente excluidas y conservarán sus funciones actuales, la Sala Triano, la Sala Isolina Mariani, la reserva técnica del museo de Bellas Artes, la Sala Dameno Pelaez, el patio de árboles históricos, el Antimuseo, el museo Pillahuincó.

ARTÍCULO 3º: Se dispone el uso de pasillos y núcleos sanitarios como de uso común.

ARTÍCULO 4º: El D.E a través de las áreas correspondientes (Cultura y Turismo) podrá disponer, en la Sala Dardo Rocha, de intervenciones artísticas/ culturales que permitan poner en valor dicho recinto, sin afectar la operatividad del mismo como sala de sesiones del HCD.

ARTÍCULO 5º: El D.E, en conjunto con el HCD, designarán responsables del cronograma de traslado que incluirá la determinación y afectación del mobiliario necesario a sus actividades respectivas, y su consiguiente modificación en el inventario de ambos Departamentos.

ARTÍCULO 6º: El traslado enunciado no debe afectar erogaciones salvo las estrictamente necesarias e imprescindibles para garantizar la operatividad en las funciones ejercidas por ambos Departamentos.

ARTÍCULO 7º: Vistos, Considerandos y Anexo I (notas de ofrecimiento del espacio físico por parte del D.E, y nota de aceptación de los integrantes del Cuerpo Deliberativo) y Anexo II (planos de la correspondencia de espacios, entre el D.E y HCD, en Casa de Cultura, y de la asignación en la actual Dirección de Modernización), forman parte integral de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 8º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.669

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 3 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2020.-

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