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ORDENANZA Nº 4.671

Expediente HCD. Nº 6.875-I-2020

VISTO

Que la Ordenanza N° 4620 establece en su artículo N° 3 subsidios escalonados con el fin de facilitar la adopción del nuevo sistema de recolección de residuos volumétricos y;

CONSIDERANDO

Que el sistema de volquetes está siendo adoptado con éxito por la comunidad.

Que está programada la ampliación de la zona de volquete obligatorio.

Que es necesario seguir con el subsidio actual para poder completar el ciclo y darle a conocer el sistema a quienes no lo han utilizado hasta la fecha.

Que creemos necesario en base a los tiempos legislativos y el sentido común tratarlo conjuntamente con las Ordenanzas Impositiva y Fiscal.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 3° de la Ordenanza N° 4.620, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 3º: A los fines de la contratación de los volquetes para sacar residuos provenientes de la poda de árboles, el Municipio de Coronel Pringles subsidiará su alquiler durante los años 2020, 2021 y 2022 a los propietarios de los inmuebles comprendidos en el sector designado por el Departamento Ejecutivo en los términos dispuestos en el artículo primero, siempre que se realice una poda que por su magnitud se cubra como mínimo la mitad de un volquete de 5 metros cúbicos de capacidad.

Durante los años 2020 y 2021 se subsidiará el cien por ciento (100%) del costo del volquete y durante el año 2022 se subsidiará el cincuenta por ciento (50%) de su costo. El subsidio será por contribuyente y sólo por una vez al año. Para autorizar la bonificación correspondiente al año 2021 será condición que el contribuyente se encuentre al día con el pago de la tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Espacios Verdes.

Asimismo, para que se autorice el subsidio, los contribuyentes deberán solicitar los volquetes en la forma que establezca el Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.671

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 17 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2020.-

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