Expediente HCD. Nº 6.857-R-2020
VISTO
El Expediente HCD. Nº 6.857-R-2020, iniciado por Particulares (Integrantes de “Sumando Radicales”), referido a la afectación del espacio físico que se utilizara de recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante hasta Diciembre de 2020, ante el traslado del Departamento Deliberativo y;
CONSIDERANDO
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante (contenido en L.O.M, Art. 24º) que las ordenanzas deberán responder a “conceptos de ornato, cultura, protección, fomento, conservación (…)”;
Que la L.O.M en su Artículo 27º, inciso 3, expresa “Corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar: la conservación de monumentos, paisajes y valores locales de interés tradicional, turístico e histórico”.
Que asimismo en el Artículo 27º, inciso 4 lo faculta a otorgar “La imposición de nombres a las calles y a los sitios públicos”:
Que la sala de Sesiones que el Honorable Concejo Deliberante utilizara hasta su mudanza, a lo largo de la historia local, ha sido afectada a diversas actividades, y es menester conservarlo con una estética y funcionalidad, de manera que pueda seguir considerándose a este espacio, parte integral y constitutivo del Patrimonio Art Deco;
Que a tal fin se lo considera nocivo su fragmentación (como oficinas) o que lo anulen como espacio atractivo y de visita en el edificio municipal, considerando que la utilización como Salón de Usos Múltiples es la más adecuada para su afectación;
Que en lo referente a la denominación, es indispensable destacar que aún no hay calle, pasaje, monumento, plazoleta o espacio alguno en nuestra localidad que se le haya asignado el nombre del primer Presidente constitucional, luego de la nefasta última dictadura militar: Don Raúl Ricardo Alfonsín;
Que al ser el Doctor Alfonsín, emblema del retorno de la Democracia, fruto de la voluntad popular, se torna justo conmemorarlo con la imposición de su nombre al espacio que fuera recinto del Honorable Concejo Deliberante;
Que si bien todo lo hasta aquí enunciado en los Vistos y Considerandos podría ser simplemente acordado con el Departamento Ejecutivo, la contemplación de ello a través de una Ordenanza, garantiza su continuidad en el tiempo.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Aféctese el espacio físico donde sesionaba el Honorable Concejo Deliberante hasta Diciembre de 2020, como Salón de Usos Múltiples, conservando su interior y exterior, y respetando la arquitectura que se encuentra protegida por Ordenanza Nº 2.719.-
ARTÍCULO 2º: Denomínese la dependencia enunciada en el Artículo 1º como: “Presidente Raúl Ricardo Alfonsín”.
ARTÍCULO 3º: Deróguese toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.688
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 15 DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2021.-