Press "Enter" to skip to content

ORDENANZA Nº 4.727

Expediente HCD. Nº 6.980-D-2021

VISTO

El Expediente Nº 2.257/21 iniciado por el Coordinador de Educación y Juventud Sr. Ignacio Tonelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo se refiere a la suscripción del Acta Convenio con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires para la implementación del “Programa de Responsabilidad Compartida ENVION”;

Que el objetivo central de dicho Programa es el apoyo a jóvenes de doce a veintiún años en situación de vulnerabilidad, para el desarrollo de sus capacidades, conocimientos y habilidades, el fortalecimiento de sus vínculos con la sociedad, su integración al mundo del trabajo e inserción a la educación;

Que para la instalación del Programa la Municipalidad debe proponer una sede, que cumplirá con los requisitos edilicios y de infraestructura adecuados, y el Ministerio destinará cien (100) becas de $3.000 cada una, según la cantidad de jóvenes y adolescentes inscriptos, a partir del mes de agosto de 2021, y proveerá también los fondos para el sostenimiento de los profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales del citado Programa, según se detalla en el artículo 5º del Acta Convenio objeto del presente;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Ratifíquese la suscripción del ACTA CONVENIO que como Anexo I forma parte integrante del presente, celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representado el acto por el Señor Ministro D. Andrés Larroque y el Intendente Municipal Sr. Lisandro Matzkin respectivamente, mediante el cual las partes se comprometen a la implementación del Programa de “RESPONSABILIDAD SOCIAL COMPARTIDA ENVION”, cuyo objetivo central es el apoyo a jóvenes de doce a veintiún años en situación de vulnerabilidad para el desarrollo de sus capacidades, conocimientos y habilidades, el fortalecimiento de sus vínculos con la sociedad, su integración al mundo del trabajo e inserción a la educación, debiendo la Municipalidad proponer una sede que cumplirá con los requisitos edilicios y de infraestructura adecuados, y destinando el Ministerio cien (100) becas de $3.000 cada una, según la cantidad de jóvenes y adolescentes inscriptos, a partir del mes de agosto de 2021, y proveyendo también los fondos para el sostenimiento de los profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales del citado Programa, según se detalla en el artículo 5º del Acta Convenio objeto del presente.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.727

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 16 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2021.-

Print Friendly, PDF & Email