Expediente HCD. Nº 6.995-D-2021
VISTO
El expediente Nº 2.363/21 iniciado por la Directora de Catastro, Tierra y Vivienda Geraldine Montes; y
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 se presenta la misma solicitando se arbitren los medios necesarios para que se proceda a dejar sin efecto la adjudicación efectuada a los Sres. Corradi Cristian Alejandro, DNI 38.924.837, y la Sra. Civardi Estefanía Ayelén, DNI 41.579.935, del inmueble perteneciente al Barrio Pérez Erro, cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 38 A, Parcela 3, sito en calle Adaro (63) Nº 1068;
Que a fs. 3 luce informe social de fecha 1 de junio de 2021 donde se acredita que los adjudicatarios habitaban la vivienda sin sus dos hijos menores porque se encontraban a cargo de su tía paterna. Asimismo informaron que se encontraban viviendo en el inmueble hace aproximadamente 3 años;
Que a fs. 5 luce informe social de fecha 25 de agosto de 2021 a fin de corroborar la situación socio- ambiental del inmueble en cuestión;
Que la entrevista fue realizada a la Sra. Castillo Marcela Mabel, DNI 38.679.259, y a su conviviente el Sr. Sequeira Eduardo Ezequiel, DNI 30.623.464, quienes manifestaron que tienen tres hijas en común y que comenzaron a vivir en el inmueble hace alrededor de dos meses, alquilándolo a la Sra. Civardi Estefanía por un valor mensual de $10.000;
Que a fs. 9 luce copia de la Ordenanza registrada bajo el Nº 4.522, la cual acredita la adjudicación a los Sres. Corradi Cristian Alejandro y Civardi Estefanía Ayelén;
Que conforme se estable en el artículo 9º de la Ordenanza Nº 4.447, no pueden ser adjudicatarios quienes hayan lucrado con viviendas de carácter social;
Que atento a las pruebas obrantes en estos actuados, los adjudicatarios han incumplido considerablemente las disposiciones reglamentarias respecto al otorgamiento de vivienda sociales, por lo que corresponde dejar sin efecto la adjudicación del inmueble perteneciente al Barrio Pérez Erro, Nomenclatura Catastral: Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 38 A, Parcela 3, sito en calle Adaro (63) Nº 1068, efectuada mediante Ordenanza registrada bajo el Nº 4.522 a los Sres. Corradi y Civardi;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO1°: Autorícese a dejar sin efecto la adjudicación del inmueble perteneciente al Barrio Pérez Erro, cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 38 A, Parcela 3, sito en calle Adaro (63) Nº 1068, a los Sres. Corradi Cristian Alejandro, DNI 38.924.837, y la Sra. Civardi Estefanía Ayelén, DNI 41.579.935, informando a las autoridades Nacionales correspondientes, atento los motivos expuestos en el exordio del presente.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.736
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 04 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2021.-