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ORDENANZA Nº 4.889

Expediente HCD. Nº 7.285-B-2022.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Modifíquese parcialmente la Ordenanza Nº 4.447, sustituyendo el texto del artículo 4º por el siguiente:

Artículo 4º: El Departamento ejecutivo se regirá por el sistema de puntuación para la conformación del listado según lo establecido por el ANEXO 1 que forma parte de la presente ordenanza; del total de viviendas construidas, la asignación se establece de la siguiente forma, en orden correlativo, en consideración de las leyes vigentes:

a) Un cupo de adjudicación mínimo de un 10 % (diez por ciento) para aquellas familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad;

b) Un cupo de adjudicación mínimo de un 10 %(diez por ciento) para aquellas familias monoparentales, es decir aquellas en las que la madre o el padre se constituyen como único sostén de familia (jefas/jefes de familia);

c) Un cupo de adjudicación mínimo de un 10 % (diez por ciento) para aquellas familias en situación de Emergencia Social;

d) Un cupo mínimo de un 5 % (cinco por ciento) para aquellas familias que hubiesen sido adjudicatarios de algún plan de vivienda social sin ejecución

e) Un cupo mínimo de un 25 % (veinticinco por ciento) para aquellas familias que acrediten fehacientemente tener una antigüedad de 24 meses continuos e ininterrumpidos, previos a la inscripción, como trabajadores municipales, empleados rurales, servicio doméstico, y/o familias integradas por un Bombero Voluntario o un excombatiente de la Guerra de Malvinas.

Los inscriptos en el registro único de postulantes de Coronel Pringles serán ordenados en función del puntaje establecido en el anexo 1 que forma parte de la presente Ordenanza, a fin de definir los listados conforme lo normado en este artículo.

ARTICULO 2°: Deróguese la Ordenanza Nº 4.708.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL N° 4.889

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 4 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2023.

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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