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ORDENANZA Nº 4.895

Expediente HCD. Nº 7.508-D-2023

VISTO

El Convenio de Adhesión al “Plan Argentina Hace”; y

CONSIDERANDO

Que el Municipio de Coronel Pringles y la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, acuerdan celebrar un Convenio de Adhesión en el marco del “Plan Argentina Hace” para la ejecución del Proyecto “Plan Pavimento Barrio Obrero y otros sectores” en la ciudad de Coronel Pringles;

Que dicho Convenio tiene por objeto brindar asistencia financiera para la ejecución de dicho Proyecto por parte del Ministerio de Obras Públicas por la suma de $116.856.051,50, conforme surge del IF-2023-35072755-APN- DNIT#MOP;

Que el plazo de ejecución es de ciento ochenta días contados desde la fecha del acta de inicio, pudiendo concederse prórrogas en caso de causas sobrevinientes debidamente justificadas que impidieran su ejecución en el lapso concertado;

Que el Convenio objeto del presente entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, conservando la misma hasta seis meses posteriores a la finalización de la ejecución del Proyecto

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Ratifíquese la suscripción del Convenio de Adhesión en el marco del “Plan Argentina Hace” para la ejecución del Proyecto “Plan Pavimento Barrio Obrero y otros sectores” en la ciudad de Coronel Pringles, entre la Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, representada por su Secretario Arq. D. Carlos Augusto RODRIGUEZ, y el Municipio de Coronel Pringles representado por el Sr. Intendente Lisandro MATZKIN, que forma parte integrante del presente junto con sus Anexos, el cual tiene por objeto brindar asistencia financiera para la ejecución de dicho Proyecto por parte del Ministerio de Obras Públicas por la suma de PESOS CIENTO DIECISESIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y UNO con CINCUENTA CENTAVOS ($116.856.051,50), conforme surge del IF-2023-35072755-APN- DNIT#MOP, con un plazo de ejecución de ciento ochenta días contados desde la fecha del acta de inicio, pudiendo concederse prórrogas en caso de causas sobrevinientes debidamente justificadas que impidieran su ejecución en el lapso concertado.

ARTICULO 2º: El presente Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, conservando la misma hasta seis meses posteriores a la finalización de la ejecución del Proyecto.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.895

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 1º DÍA DEL MES DE JUNIO DE 2023

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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